Roberto Piñón Olivas
Lo que estará sobre la mesa de las negociaciones este próximo
miércoles 8 de abril, no son las restricciones presupuestales para las legislaturas
de los estados y los límites al número de regidores.
Lo que realmente esta en juego es otro golpe más en favor
del centralismo de Estado en contra del federalismo consagrado en el modelo de
nación desde 1824 y que hasta la fecha subsiste en la maltrecha constitución de
1917.
Esa regulación del presupuesto de los congresos locales y la
imposición de un límite de regidores en los cabildos es franca y abierta violación
al federalismo, por más que la narrativa abogue por una supuesta reducción en
el gasto y una proclamada -de dientes para afuera- austeridad en el gasto.
¿Por qué viola el federalismo?
La base del federalismo mexicano, consagrado en el artículo
40 constitucional, define al Estado como una República integrada por
"estados libres y soberanos" en todo lo concerniente a su régimen
interior.
La teoría política a través de especialistas como Emilio
Rabasa Gamboa sostiene que el federalismo supone que los estados conservan
facultades propias y que su organización política no puede decidirse desde el
poder federal.
Al dictar desde el centro la Federación cómo deben
integrarse los ayuntamientos y qué porcentaje de su propio presupuesto pueden
gastar las legislaturas locales, el proyecto deja de tratar a los estados como
entidades soberanas para considerarlos "simples extensiones
administrativas del poder central".
La reforma electoral llamada Plan B significa ruptura al
Pacto Federal.
El artículo 115 constitucional otorga a los municipios
autonomía para su organización administrativa.
La reforma, al imponer un tope de 7 a 15 regidurías y una
sola sindicatura, anula la facultad de las legislaturas locales de determinar
el número de ediles según las necesidades demográficas y políticas específicas
de cada región.
No hay soluciones mágicas en materia política ni
administrativa. Lo que para Chiapas resulta conveniente, no lo es para Baja
California. Los programas de librito ideales se alejan de la realidad de cada
pueblo.
Al fijar un techo del 0.70% del presupuesto estatal para los
congresos, la Federación invade la soberanía financiera de los estados,
transformando el pacto federal en una relación de subordinación, donde las decisiones
de gasto y estructura se dictan "desde el Centro" sin importar la
opinión de cada entidad federativa.
Es un regreso al Centralismo del Siglo XIX, copy past de las
Siete Leyes de 1836 de Antonio López de Santa Anna, las cuales eliminaron el
federalismo y convirtieron a los estados en departamentos subordinados al
Ejecutivo Federal, en una crisis política y fracturas territoriales que
costaron miles de vidas.
Ahora, ¿puede la misma Constitución ir contra los principios
federalistas?
Norberto Bobbio advierte que, si una mayoría decide abolir
las reglas que sustentan el sistema como el régimen parlamentario o, por
extensión, el federalismo, el sistema resultante es "otra cosa" y no
necesariamente una democracia plena.
Por tanto, existen, según esta visión, "límites
indestructibles" en el proceso de revisión continua de la Constitución.
Al elevar la austeridad y la centralización por encima de la
libertad soberana de los estados para organizarse, la reforma entra en una
contradicción directa con el espíritu de la "ley fundamental" que dio
vida a la federación.
La respuesta es no. La constitución no puede ir en contra de
su espíritu federalista y democrático.
Para que ello sea válido jurídicamente, entonces debe
eliminarse la palabra federalismo, autonomía o soberanía de las entidades y ser
convertidas en departamentos, u oficinas dependientes del supremo poder
centralista.
Y aún y cuando ello se hiciese, sería un golpe a la lucha de
configuración de un Estado Moderno, configurado desde 1810 hasta la fecha.
Eso está en juego, y no simples reformas que ni siquiera
tienen impacto significativo en montos presupuestales para cada entidad, pero
que si pegan en la configuración de órganos democráticos pensados en acoger a
la oposición política minoritaria.