Columna de análisis crítico

martes, 21 de febrero de 2017

Y todo por no pedir opinión


Reconocimiento a la distancia al Presidente de nuestro querido Club Primera Plana en la ciudad de México, Don Raúl Gómez Espinosa, por la brillante y profunda intervención prehispánica del Ing. José Ramón Lozano Torres, en la tradicional comida de los miércoles. Felicidades.

Una de las principales obligaciones de los diputados es proteger los intereses de los ciudadanos desde la importante función de crear y fortalecer leyes.
Así lo establece la Ley Orgánica del Poder Legislativo en su artículo 22, cuando señala "Son  deberes  de  los  Diputados,  además  de  los  otorgados  por  la  Constitución  Política  del  Estado y  otros  ordenamientos  legales  aplicables,  los  siguientes:  V.- Representar  los  intereses  de  los  ciudadanos,  así  como promover  y  gestionar  la  solución de problemas  y  necesidades  colectivas  ante las  autoridades  competentes".
Los diputados son electos mediante el principio de mayoría relativa y representación proporcional. Sin importar éste mecanismo, es decir, el origen de su cargo, están obligados legal y moralmente a representar los intereses de los ciudadanos, primero del distrito (circunscripción) donde fueron electos, y luego, en términos generales.
Para ello se supone que siguen en contacto con la ciudadanía general y de sus distritos, para conocer sus intereses y así poder representarlos auténticamente. Un diputado que no conoce los intereses de los ciudadanos que lo eligieron, y en términos generales, de los ciudadanos y habitantes de la demarcación correspondiente, por ejemplo, Estado de Chihuahua, difícilmente podrá representar los intereses auténticos de la ciudadanía.
Tal vez podrá representar lo que cree son los intereses, lo que piensa un grupo no representativo o bien, lo que el grupo político al que pertenece sostiene doctrinalmente. Pero no representa los intereses de los ciudadanos en la materia especifica a legislar.
La ley orgánica del poder legislativo en Chihuahua genera un camino para conocer esos intereses auténticos. La vía son los foros y consultas públicas, convocadas desde las comisiones en relación a iniciativas que se considere requieren la opinión de ciudadanos, sectores o agrupaciones.
Los articulos 52, 152, 153 y 154, de la ley señalada, establecen el procedimiento, del cual se rescata un elemento importante, que la convocatoria a dichos foros puede ser de oficio, por acuerdo del mismo pleno del Congreso o de la Comisión respectiva o bien, a solicitud de algún sector o grupo de ciudadanos.
Lo ideal es que por vocación democrática sea el mismo congreso quien convoque sin necesidad de solicitud de por medio. Sin embargo, lo que debiera ser la norma, es la excepción. Por lo regular no hay convocatorias, hasta que se exige.
Y peor aún, los foros o consultas no obligan a los diputados a atender su contenido. Es una lástima que simplemente sea orientadora. Empero resulta de gran utilidad y no debe ser desdeñada con la mano en la cintura.
Es de sentido común que el foro o consulta se realice en todos los temas, pero más aún en aquellos que afectan materias de gran relevancia como la libertad de expresión.
Por ello es preocupante que se prepare una ley relativa a dicho tema desde la oscuridad del palacio legislativo. No es extraño. En 2014 se trató se hacer lo mismo cuando se presentó una iniciativa a espaldas del gremio periodístico. Afortunadamente, dicha ley quedó guardada gracias a que los legisladores comprendieron que era un tema complejo que debía ser abordado con cuidado.
Ahora esa iniciativa se retoma. E igual, se trabaja en el escritorio y a escondidas de los comunicadores y periodistas. Los diputados no han querido abrir la puerta, pese a la insistencia de las organizaciones periodísticas, particularmente el Foro de Periodistas de Chihuahua. Siguen el mismo camino que en 2014. Pierden la oportunidad de legislar escuchando al sector periodístico desde el momento mismo de la iniciativa.
Pero además desconocen que de 2014 a la fecha la materia ha cambiado. Se emitió una ley general que ya regula en todo el país la materia. Desconocen o no quieren ver que a nivel Estatal ya se reactivó la Mesa Amplia del Sistema Integral de Protección a Periodistas, en donde confluyen organizaciones y periodistas independientes, foro ideal y adecuado para discutir el tema.
El sistema es un entramado de obligaciones y derechos de periodistas y autoridades. No se queda exclusivamente en la fase de medidas cautelares, porque se trata de un asunto multifactorial, complejo: ética, profesionalización, protección, flujo de información, fase empresarial y social, entre otros aspectos.
Una ley estatal que duplica una ley general es innecesaria. Fortalecer el sistema integral de periodistas, único a nivel nacional, mucho más amplio y garantista, si es necesario. Con ello se robustece el derecho a la información, la libre expresión y la transparencia y rendición de cuentas, por encima de la simpleza de adoptar acciones que ya existen y estamos obligados a cumplir en el Estado de Chihuahua.
Y todo por no pedir opinión.
http://robertopinon.blogspot.mx




martes, 7 de febrero de 2017

Manipulación pragmática

Felicitaciones a la colega Consuelo Eguía Tonela, Presidente de FAPERMEX, que el próximo 11 de febrero encabezará los trabajos de la LIII Sesión de Consejo Directivo. Enhorabuena.

La prensa y hoy, modernamente, los medios de comunicación difundidos de manera impresa, radioeléctrica o por internet, por medio de su personal, particularmente reporteros y fotógrafos/camarógrafos, buscan diariamente la información para nutrir de contenido sus espacios noticiosos.
Desde el nacimiento de los medios de comunicación masivos, primero la prensa escrita, luego la radio, televisión y hoy internet, las personas acceden a noticias del multivariado acontecer, que le son proporcionados todos los días y a todas horas, porque se trata del único medio para acceder a ello.
A diferencia de las redes sociales, blogs o cualquier mecanismo análogo -con sus excepciones-, las tareas de recopilación y procesamiento de información para los medios de comunicación son realizadas por profesionales que han hecho de esta actividad su tarea vital.
De esta forma, divididos comúnmente en fuentes informativas y tareas concretas -órdenes de información- buscan la noticia de interés en palacio de gobierno, ayuntamiento, congreso, cámaras empresariales, partidos políticos, partidos de futbol, basquetbol o beisbol. La búsqueda de la nota informativa es incesante.
Para ello, el periodista utiliza la observación y la entrevista: toma nota de detalles para luego escribir, dar forma a la información, bajo cualquiera de los géneros periodísticos existentes: la noticia, la crónica, el reportaje, la entrevista, la columna o el artículo de fondo.
Esta actividad la realizaba el periodista sin un soporte jurídico, más que los genéricos artículos sexto y séptimo constitucionales, y la anacrónica ley de imprenta de 1917. Fue el derecho convencional americano -hoy norma legal nacional- el que otorga un mayor soporte a la actividad periodística.
Así, la Convención americana de los derechos humanos, en su artículo trece señala que "Toda persona  tiene  derecho a  la  libertad de  pensamiento y  de  expresión comprendiendo "...la libertad de  buscar,  recibir  y  difundir  informaciones  e  ideas  de  toda  índole,  sin  consideración  de fronteras,  ya  sea  oralmente,  por  escrito o en  forma  impresa  o artística,  o por  cualquier  otro procedimiento...".
El artículo cuarto de la declaración americana de los derechos del hombre reitera el derecho que tiene toda persona a "...la libertad de investigación, de opinión y de expresión y difusión del pensamiento por cualquier medio".
Más adelante, el principio dos de la declaración de principios sobre libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, más específica, reitera que no solo se tiene el derecho de buscar, recibir y difundir información, sino que las personas "...deben  contar  con  igualdad  de oportunidades  para  recibir,  buscar  e  impartir  información  por  cualquier  medio de  comunicación  sin  discriminación,  por  ningún  motivo,  inclusive  los  de  raza, color,  religión,  sexo,  idioma,  opiniones  políticas  o  de  cualquier  otra  índole,  origen nacional  o  social,  posición  económica,  nacimiento  o  cualquier  otra  condición social".
Esto significa que hay un derecho reconocido y ese derecho no debe ser sujeto de discriminación de ninguna índole.
Por ello cuando un funcionario público se niega a proporcionar información o la proporciona exclusivamente a un medio de comunicación, motivado por la política, esta violentando la convención americana, principios y declaración en materia de libertad de expresión, que exige no discriminación.
La información es un bien público y por tanto es propiedad de la comunidad. No pueden otorgarse entrevistas banqueteras o en estudio, únicamente a un medio de comunicación o periodista. Esa estrategia de comunicación social transgrede el principio que autoriza la búsqueda de información.
También ocurre una violación directa cuando en una conferencia de prensa el funcionario público se niega a contestar o lo hace con evasivas, o se privilegia solo a un comunicador o a un grupo de éstos.
Una práctica común es también proporcionar información privilegiada a medios de comunicación nacionales evadiendo a los medios de comunicación locales. Se trata también de una especie de violación a la libertad de información.
Es cierto que la línea es muy delgada, entre una estrategia -¿perversa?- válida de comunicación social y aquellas acciones que discriminan y atentan contra la libertad de expresión.
Sin embargo, una política auténtica de comunicación social de Estado se aleja de la frontera de la violación a los principios existentes en materia de libertad de expresión y asume una posición más cercana al cumplimiento: pluralidad, tolerancia, apertura.
Es como un semáforo. Una política de comunicación social responsable socialmente se coloca en el verde y procura alejarse del amarillo.
Una política de comunicación social irresponsable sobrevive en el amarillo tornándose naranja por sus incursiones en la franca violación de la norma, todo esto bajo un halo de protección jerárquica e impunidad, y bajo un pragmatismo de manipulación mediático.
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