Columna de análisis crítico

martes, 21 de marzo de 2017

Visión cortoplacista


Beatriz Mójica Morga, Secretaria General del PRD a nivel Nacional, es la invitada de hoy en la comida tradicional de los miércoles en el Club Primera Plana de periodistas de la ciudad de México. Enhorabuena y felicidades por el esfuerzo de organización permanente del Presidente del Club, Don Raúl Gómez Espinosa.

Cuatro son los ejes sobre los cuales gira el Sistema Integral de Protección a Periodistas: La profesionalización continúa, el fortalecimiento ético, la protección, y el flujo de información oficial, aspectos contenidos en el Decreto Vigente publicado desde septiembre de 2010, avalado por los tres poderes del Estado en conjunto con diversas organizaciones periodísticas y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos.
Hace falta un quinto elemento a incorporar: las reglas para la contratación de publicidad por parte de las instituciones del sector público, apartado fundamental en razón del presupuesto anual previsto para tales efectos y que no puede quedar al arbitrio caprichoso del gobernante en turno, esto por dos razones elementales: primero por tratarse de un recurso público que debe ser administrado con eficiencia, y segundo, porque en un Estado democrático el gobierno tiene obligación moral de incentivar la pluralidad informativa.
Un sexto elemento que debe ser considerado es el apartado de desarrollo social de los periodistas, en el cual el Estado también tiene responsabilidad en función del aporte que hace el periodista y los medios de comunicación a la preservación de valores democráticos y derechos humanos. Existe un compromiso social de los comunicadores y periodistas por hacer realidad el derecho de y a la información, parte sustancial en un orden efectivo de rendición de cuentas. Una ley de esta naturaleza funciona en Guerrero mediante un fideicomiso.
Estos seis ejes de la actividad periodística son indispensables en una auténtica e integral ley. Pensar únicamente en el apartado relativo a la protección, y dentro de él sólo en las acciones reactivas, como las medidas cautelares de distinto grado, es una visión restringida del asunto, que poca novedad aporta, porque es precisamente esa materia la que actualmente es tratada por la Ley para la protección de defensores de derechos humanos y periodistas, expedida por el Congreso de la Unión en 2012.
En efecto, ya dicha Ley se refiere a las medidas preventivas, de protección y urgentes de protección, que van desde cursos y manuales, hasta la evacuación de la persona amenazada del lugar donde corre riesgo.
Estas medidas son evaluadas mediante un estudio de evaluación de riesgo y acción inmediata, implementado por la Unidad de recepción de casos y acción rápida, integrada por funcionarios de la Secretaría de Gobernación, Seguridad Pública y Procuraduría General de la República, con intervención de un defensor de derechos humanos y un periodista.
Las tareas desarrolladas por esta Unidad se complementan con la Unidad de Evaluación de Riesgos y la Unidad de Prevención, Seguimiento y Análisis, que conforman la Coordinación Ejecutiva del Sistema en el ámbito técnico, y en el ámbito político, por un Consejo Consultivo y una Junta de Gobierno, donde el gobierno federal asume su responsabilidad en la organización y sostenimiento del mecanismo.
En Chihuahua, la propuesta que se encuentra en la mesa de discusión en el seno del Congreso del Estado, pretende crear otro mecanismo estatal de protección, pero derivarlo en un consejo consultivo dependiente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
Debe recordarse que en el seno de la Comisión Nacional de Derechos Humanos existe una comisión que da seguimiento a atentados contra periodistas. Lo mismo ha ocurrido en el ámbito legislativo federal con las comisiones especiales. Sin embargo dichas funciones tienen que ver precisamente con seguimiento y no ejecución directa de acciones de protección, como las que en este momento se materializan por parte de la Secretaría de Gobernación, la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Seguridad Pública Federal.
Pero además, el gobierno federal destina un presupuesto para realizar estas tareas de protección a periodistas, recursos que se ejercen para operar el mecanismo desde las mismas secretarías de Estado. De considerarse un mecanismo estatal, entonces el Estado tendría que considerar un presupuesto anual para tales efectos.
Dos datos son relevantes. Existe una alta incidencia de atentados contra periodistas por parte de crimen organizado y uso de armas de fuego de uso exclusivo del ejército (delitos por si mismos de naturaleza federal), y también destacan las agresiones de funcionarios de los gobiernos de los estados y municipales. Siendo un órgano federal el instituido en el mecanismo nacional existe la posibilidad de que no exista impunidad; si el mecanismo queda ubicado jerárquicamente en el ámbito estatal es probable que ocurra lo contrario. Es cierto que en la comisión de agravios a periodistas también intervienen funcionarios federales. Para ello debe insistirse en una mayor apertura y pluralidad en la representación de las entidades federativas, periodistas y derecho humanistas en el Consejo Consultivo e incluso en la Junta de Gobierno del mecanismo federal para evitar impunidad.
Chihuahua tiene la oportunidad de construir una ley de avanzada en materia de protección a periodistas. Para ello deben tomarse en cuenta las seis líneas o ejes de acción de manera integral, evitando caer en la simpleza y cortoplacismo de construir una mala réplica del mecanismo federal, como parece que se quiere forzar en las mesas restringidas de discusión que se desarrollan en Palacio Legislativo Estatal.
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