Columna de análisis crítico

martes, 27 de diciembre de 2016

Publicidad oficial: Premio o castigo



La publicidad oficial es un bien público considerado así por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos dentro de la libertad de información con que cuentan los ciudadanos (Principios, 2011:53).

Por tanto, esta prohibida la utilización de los recursos de la hacienda pública y la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial, con el objetivo de presionar y castigar, premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus lineas informativas (Declaración, 2000: Ppio. 13.3).

Se trata de un asunto de gran relevancia, particularmente porque este método de ataque indirecto a la libertad de expresión es desarrollado mediante obstrucciones oscuras, impuestas silenciosamente (Informe, 2003).

Por ello, en Argentina, Chile, Estados Unidos y México, se han presentado resoluciones contra órganos del Estado (Principios, 2011:14-16), que utilizan la publicidad oficial de manera discrecional, para tratar de influir en el contenido de la información (Declaración, 2002).

Ante esta situación, la Relatoría especial sobre libertad de expresión presentó en 2011 los Principios sobre regulación de publicidad oficial y libertad de expresión, que establece que la distribución arbitraria de publicidad oficial, como otros mecanismos de censura indirecta, opera sobre distintos tipos de necesidades que los medios de comunicación tienen para funcionar (2011:10). Es, consideran dichos Principios, una forma de presión que actúa como premio o castigo que tiene por objeto condicionar la línea editorial de un medio según la voluntad de quien la ejerce.

Y advierte que una facultad legítima del Estado, como es la pauta publicitaria, puede configurar una violación al derecho de la libertad de expresión, si el ejercicio de ella estuvo motivado por la posición editorial del sujeto afectado, condicionando el libre ejercicio del derecho a libertad de pensamiento y expresión (Principios, 2011:11).

La solución propuesta por dichos Principios es la reglamentación legislativa, contenido objetivo y útil de la pauta, sujeción de todo los órganos públicos, el establecimiento de criterios objetivos, la ponderación de dichos criterios, la intervención de un cuerpo técnico y no político en la asignación de publicidad oficial, la planeación de la publicidad oficial, la intervención de un cuerpo, mecanismos de control externo y la subsidariedad para fortalecer el pluralismo informativo (Principios, 2011).

Desafortunadamente en Chihuahua, y el resto del país, estos mecanismos no han sido implementados. La nueva administración estatal tiene el reto de hacerlo y evitar caer en la discrecionalidad para el otorgamiento de la publicidad oficial.

Es cierto, no hay obligación del Estado de otorgar pauta publicitaria, pero si lo hace debe ajustarse a criterios no discriminatorios para su otorgamiento. Desde el momento en que presupuesta recursos públicos para publicidad debe someterse a un principio de legalidad, fundar y motivar sus resoluciones.

Otorgar o negar publicidad, es un acto de gran responsabilidad en la construcción de opinión pública crítica, necesaria e indispensable para el fortalecimiento de un régimen de libertades democráticas.

En Honduras, tras el golpe de Estado ocurrido en 2009, el gobierno canceló la publicidad a los medios que no simpatizaban con el nuevo régimen (Principios, 2011:25). Un sistema democrático no debe propiciar el mismo derrotero, bajo el argumento simplista de que pago para que no me peguen: el ajuste a criterios técnicos razonables, bajo parámetros internacionales marcados por la CIDH es una ruta que debe explorarse.

Fuentes: Principios sobre regulación de la publicidad oficial y libertad de expresión, 2011, Relatoría Especial sobre libertad de expresión, CIDH; Declaración de principios sobre libertad de expresión, 2000, CIDH; Informe anual, 2003, Relatoría especial sobre libertad de expresión, CIDH;  Declaración conjunta OEA-OSCE.

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lunes, 19 de diciembre de 2016

Tolerancia a la crítica


Es urgente que se reúna la Comisión Amplia de Trabajo para dar seguimiento al Sistema Integral de Protección a Periodistas. El caso del compañero Adrian Rodriguez y la implementación de acciones no admiten demoras.

La tolerancia a la crítica es un elemento indispensable entre las personas, más aún cuando se desempeña un cargo de carácter público o privado. Gracias a esa característica personal es posible convivir en sociedad y, por el contrario, sin ella, es imposible la vida en colectividad.

De esta forma las personas, al escuchar, tienen la oportunidad de mejorar, si es que la crítica les parece -o es asertiva- o bien, si no lo es, al menos se enriquecieron al darse cuenta que no todos piensan como ellos: se percataron de que el camino marcado por ellos no es el único a seguir, y que hay personas que los consideran equivocados. Se podría decir que la crítica es una especie de benchmarking, y gratuito.

Si entre las personas, la tolerancia a la crítica permite las relaciones sociales, es entonces de mayor relevancia que se practique por parte de quien ocupa un puesto de dirección y mando, precisamente por ello, por el liderazgo que ejercen.

Ese liderazgo implica autoridad, de derecho o de hecho, basada en una legitimidad democrática o económica: un gobernante y un empresario gozan de una circunstancia de autoridad, distinta, obvio, pero ambos están del otro lado del mostrador, uno con recursos públicos y el otro con recursos privados.

El cliente es el mismo ciudadano que acude a la instancia pública o privada en busca de un servicio, y el tendero debe esmerarse en la atención, aún cuando el cliente sea crítico o manifieste su desacuerdo con el producto.

Es cierto. La responsabilidad del gobernante es mayor, porque goza de un poder jurídico, el poder del Estado, la fuerza pública: la coacción.

Tiene una ubicación de supra-a-subordinación en relación con los particulares: está en la cúspide del poder jerárquicamente hablando: el particular y la autoridad no son iguales, son desiguales.

Por ello, la autoridad está éticamente obligada a una mayor tolerancia en su relación con la crítica emitida por los particulares, que investidos por la libre expresión de las ideas, señalan deficiencias, con razón o sin razón, con exceso o sin exceso, con intereses o sin ellos: la libre expresión exige -y necesita para su propia sobrevivencia- ese respeto por parte de la autoridad.

Para ser político se requiere tener algo de paquidermo: sus orejas grandes para escuchar, su cola corta para que no se la pisen y su piel gruesa para soportar la crítica. Ese es el dicho popular, y en él existe mucha razón.

Por ello, la política de comunicación social de la autoridad pública debe ser en principio profundamente tolerante y atender el principio del máximo y más amplio respeto a la libertad de expresión, aún cuando se piense vulnerado el principio consagrado por el sexto y séptimo constitucional relativo a la vida privada del servidor público, por que su cargo otorgado por el pueblo le exige esa conducta y no otra.

El periodismo crítico como valuarte de la libre expresión es un elemento indispensable para la vida democrática. La autoridad no solo debe tolerarlo, sino que tiene obligación de impulsarlo, por sus beneficios como controlador de los excesos del poder, tentación permanente del gobernante y sus sus subordinados.

Por ello, una política de comunicación social contestataria per se, constituye un error en un Estado democrático. Devolver golpe por golpe mediático distrae a la administración de sus fines primordiales, ubicándolo en un contexto estrictamente político: la lucha por el poder, descuidando el servicio público, y significándose por un carácter intolerante.

Una política de comunicación social responsable comunica imagen, logros, pero sobre todo, posibilita la prestación de servicios públicos eficientes: es tolerante en la crítica: entiende que por su posición jerárquica debe soportarla: rinde cuentas y es transparente: gana espacios de comunicación virtud esa tolerancia y acude a ellos de manera natural: evita la coacción hasta en el lenguaje, por que es profundamente democrático.

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martes, 13 de diciembre de 2016

Medidas inaplazables


Solidaridad con la familia del colega Adrián Rodríguez; exigencia de alto a la impunidad y asesinato de periodistas y comunicadores. Ya basta.

El sábado pasado fue asesinado el colega periodista Adrián Rodríguez, noticia que recibimos con indignación y pesar.

En ese momento vestía su chaleco de prensa y se dirigía a la estación de radio Antena 102.5,  como hacía desde abril, cuando empezó a trabajar en dicho lugar.

Para arrebatarle la vida fue utilizada una pistola calibre .45, arma de uso exclusivo del ejército, delito perseguido por el orden federal.

La autoridad estatal tiene diversas lineas de investigación en relación con el homicidio y trabaja en coordinación con la Fiscalía Especial para atención a delitos cometidos contra periodistas de la PGR, que en cualquier momento puede decidir la atracción, como lo permite el Código Nacional de Procedimientos Penales, por tratarse de un periodista y por el uso en el crimen de un arma prohibida.

Se dice que no habrá impunidad.

Hasta ahí todo muy bien.

El problema es que este suceso criminal forma parte de los veinte asesinatos cometidos contra periodistas en el Estado de Chihuahua, en los últimos seis años, y siempre se ha dicho y hecho lo mismo.

¿Que hacer en lo inmediato? Sumarnos -como de facto ya ocurre- únicamente al mecanismo federal de protección o crear un sistema estrictamente estatal. Parece que la salida es encontrar un justo medio. Recuperar el sistema integral de protección a periodistas, que no se limita a medidas cautelares o de protección reactiva, y aprovechar las ventajas de un sistema en marcha, como es el federal, que en la actualidad implementa cerca de 40 medidas cautelares de diverso grado.

Dentro del sistema integral, publicado por decreto del ejecutivo estatal, se contempla una mesa de trabajo permanente integrada por representantes del poder ejecutivo, judicial y legislativo, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y las organizaciones de periodistas.

Esta mesa debe ser el foro idóneo para dar seguimiento y evaluar las acciones administrativas, legislativas y judiciales, realizadas para proteger a los comunicadores. Ahí se deberán discutir, las acciones de capacitación y sensibilización en materia de libertad de prensa para el sector público, privado y social; la comunicación social y las políticas establecidas al respecto por los diversos niveles de gobierno, entre ellas, la publicidad; y, la capacitación a periodistas para cobertura de sucesos de alto riesgo y protocolo de actuación.

Como se observa, se requiere una atención permanente, focalizada, en materia de libertad de expresión y periodismo.

Ya existe un instrumento, perfectible, con áreas de oportunidad como ser elevado a nivel de ley, pero lo urgente es implementarlo, y no legislar a priori, sin consenso y a espaldas del gremio periodístico.

Se requiere una auténtica voluntad para corregir el rumbo en materia de protección a periodistas. Es cierto: no toda la responsabilidad recae en el Gobierno Estatal o Federal, pero es el sector público, el Estado, quien tiene toda la fuerza y el deber de velar en primer lugar por una auténtica protección al ejercicio periodístico: tiene la obligación Constitucional, artículos sexto y séptimo, y Convencional: la Convención Interamericana de los Derechos humanos, que protege en términos amplios, no restrictivos, la libre expresión de las ideas y la actividad periodística, como un pilar del Estado democrático.

No se trata entonces de un asunto en que el gremio periodístico busque un estado de excepción o un fuero especial: existe legal e históricamente un consenso de la necesidad de proteger y alentar la comunicación y el periodismo, espacio indispensable para consolidar el resto de las libertades democráticas.

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martes, 6 de diciembre de 2016

Urgente capacitación


A la distancia, a mi querido Club Primera Plana, que en la anfitrionía de la Casa Coahuila en la ciudad de México, se celebra la reunión decembrina anual, bajo la dirección y atinada presidencia de mi estimado amigo, el periodista y economista Raúl Gómez Espinosa.

El Sistema Integral de Protección a Periodistas tiene como objetivo la capacitación continua de periodistas en dos apartados fundamentales, las medidas de protección en la cobertura noticiosa y en la profesionalización ética de su actividad.
Sin embargo, esta capacitación es insuficiente cuando existen sectores de la sociedad o del servicio público que desconocen o son insensibles a la necesaria protección de la actividad periodística.
En el sector público, aquellos funcionarios y personal que tiene contacto con los medios de comunicación y periodistas, deben ser dotados de las herramientas que les posibiliten sensibilidad al momento de atender requerimientos o situaciones relacionadas con cobertura periodística.
Regularmente se piensa para efectos de capacitación, con acierto en términos generales, únicamente en mandos y personal policiaco, ya que interactúan, por la naturaleza de sus funciones, con periodistas y comunicadores, en situación de riesgo, con un ingrediente relevante -por cierto considerado dentro del Protocolo de protección- que son los cuidados en materia de custodia de evidencias criminales.
Empero no son los únicos servidores públicos que deben recibir capacitación y sensibilización hacia cobertura periodística: también deben recibirla los funcionarios que atienden medios de comunicación en ruedas de prensa o son sometidos a entrevistas banqueteras.
Así como se impone la necesidad de capacitar en transparencia, equidad de género, no discriminación y otros temas de relevancia, también debe implementarse capacitación en materia de trato y atención a periodistas y comunicadores.
Un funcionario o servidor público que carece de esa sensibilidad para atender a medios de comunicación, alentará la censura directa o indirecta: por ejemplo, cuando oculta información, niega acceso a representantes de los medios de comunicación a un recinto donde se desarrolla una reunión de carácter pública u ordena a sus subalternos adoptar medidas similares. También se propicia la censura cuando el servidor público se niega a comparecer ante los medios de comunicación en entrevistas y se limita a la comunicación unidireccional en redes sociales, hoy tan en boga, como un mecanismo de propaganda.
Existen otras muchas maneras de censura oficial, como el manejo de la publicidad, privilegio a medios de comunicación afines, ataques u obstrucciones directas al ejercicio periodístico, la creación de medios propagandísticos oficiales como monopolio de la comunicación, por ejemplo.
En el sector social, empresas, iglesias, organizaciones no gubernamentales, se pueden cometer las mismas, casi idénticas, herramientas de censura. Claro, puede pensarse que al no tratarse del sector público, es posible escapar o ser ajeno a la intervención de medios de comunicación como mecanismos de vigilancia social, ya que no se ejerce dinero del erario público.
Esto se  observó en el caso reciente donde un colega de esta casa editorial es violentado a las puertas de Palacio de Gobierno por una turba de manifestantes: el argumento es que el periodista no estaba identificado: ello no justifica la agresión.
Lo único que justifica es la necesidad de implementar el Sistema Integral de Protección a Periodistas, particularmente en el aspecto de capacitación, que como se sostiene, es fundamental para sensibilizar a los actores del sector publico, privado y social, y a los mismos periodistas y comunicadores, en las medidas adecuadas, prácticas, que deben seguirse en situaciones de cobertura noticiosa.
La capacitación es fundamental para fortalecer la innegable importancia de la comunicación y el periodismo crítico, como censor a los abusos del poder, no sólo formal, sino fáctico.
El periodismo es auxiliar clave para la preservación de los derechos humanos. Socavar la actividad periodística desde una visión facciosa es anti democrático, y sumamente riesgoso para la suma de derechos humanos y civiles.

Presidente fundador del Foro de Periodistas de Chihuahua; Presidente Honorario Vitalicio de la Fapermex; integrante del Club Primera Plana de la ciudad de México y de la Asociación de Editorialistas de Chihuahua. robertopinono@gmail.com. http://robertopinon.blogspot.mx.