Columna de análisis crítico

martes, 13 de septiembre de 2016

Prórroga discrecional


"Felicitaciones y enhorabuena: estoy convencido que la Maestra Consuelo Eguía Tonella, estimada Colilá, tendrá un excelente desempeño como Presidenta del Consejo Directivo Nacional de la FAPERMEX. A la distancia, saludos y éxito en la empresa tan necesaria e indispensable que es la defensa de la libertad de expresión y la dignificación de la actividad periodística"

La radiodifusión cumple una función esencial en el fortalecimiento de las sociedades democráticas. Se trata de un medio de comunicación con un gran alcance geográfico, presencia y utilidad social.

La base de este servicio es el uso del espectro radioeléctrico, propiedad de la Nación, que mediante concesiones es puesto a disposición del sector privado, público y social, en todo el país, con la finalidad de que cada uno, desde su ámbito, contribuyan a la realización plena del derecho humano fundamental: la libertad de expresión e información, plasmada en nuestra Constitución concorde con la Convención Americana de los Derechos Humanos entre otros ordenamientos internacionales.

Un servicio de radiodifusión eficiente, plural y democrático, permite no solo construir pensamiento crítico, cultural y educado, sino que además construye comunidad, porque enlaza a los distantes que se encuentran separados por motivos geográficos y une en las sociedades que, unidas fisicamente, se encuentran separadas individualmente, como ocurre en las ciudades: gran conglomerado humano, donde las personas tienen una cercanía física pero una distancia psicológica: cada quien vive su mundo.

Atendiendo a esta importancia de la radiodifusión, el Estado mexicano ha establecido una legislación profusa que ha sido constantemente modificada, hasta llegar actualmente a la ley federal de telecomunicaciones y radiodifusión, que regula el otorgamiento, condiciones, prórroga y terminación de las concesiones.

La ley establece que el otorgamiento se efectuará bajo el mecanismo de licitación pública, tratándose de la concesión para uso privado, en donde se deben cumplir y presentar diversos requisitos, entre ellos, programas y compromisos de inversión, calidad de cobertura geográfica, poblacional o social, de conectividad en sitios públicos, de contribución a la cobertura universal, y el proyecto de programación o producción.

Aquí es donde empiezan los problemas. Para retirar o revocar la concesión, el Gobierno puede argüir cualquier falla en los anteriores requisitos señalados en el título de concesión, por ejemplo una sombra de cobertura por una cuestión orográfica. Es cierto que se debe fundar y motivar la decisión estatal; sin embargo, es indudable que entramos al espacio de lo discrecional, tema toral que afecta la equidad en el otorgamiento y prorroga de las concesiones: a contento veo las fallas en el funcionamiento de la concesión y procedo, cuando conviene y por decisión política, a iniciar un procedimiento de revocación.

Igual acontece en la etapa de prórroga: en principio las concesiones, las denominadas únicas, son otorgadas por treinta años, y las específicas de radiodifusión, por veinte, con opción -ambas- a una prórroga ilimitada. Simplemente, un año antes de que empiece a correr la quinta parte del periodo concesionado, hay una solicitud, una revisión de unos meses, y listo: cumpliendo con nuevas condiciones, el concesionario puede seguir disfrutando del bien público con fines comerciales de explotación privada.

Sí la revocación camina por rutas pantanosas de la discrecionalidad, como vemos, lo mismo ocurre con la prórroga, la cual no puede ser otorgada cuando se incumple con las obligaciones señaladas en la concesión, pero además, cuando lo exige el interés público, por razones de seguridad, por nuevas tecnologías, para solucionar problemas de interferencia, para dar cumplimiento a tratados internacionales, para el reordenamiento de bandas de frecuencia o para la continuidad del servicio público.

Posibilidades, todas ellas, que deben ajustarse al principio de legalidad, pero que en la discrecionalidad política, se utilizan como moneda de cambio para premiar o castigar voluntades.

El sistema de prórroga debería eliminarse, y la revocación confinarse para casos graves, en lugar de las múltiples causales que hacen de esa figura un reducto de la discrecionalidad: las concesiones deben licitarse a su cumplimiento, para incentivar auténticamente la competencia, en lugar de ser motivo para desaseo político.

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