Columna de análisis crítico

martes, 14 de mayo de 2013

Seguros contra el crimen

El negocio de los seguros tiene que ver con la incidencia de los sucesos y la dimensión de sus efectos. De esta manera, por ejemplo, se venden pólizas de seguro para garantizar las menores pérdidas por situaciones tan diversas como los choques vehiculares. La aseguranza de un choque vehicular tiene que ver con diversas condiciones, la licencia de conducir, el estado físico en que se conduce, la situación jurídica del coche, la responsabilidad en el accidente, las previsiones y prudencia al conducir, entre otras. La ausencia o presencia de estas condiciones determina la validez de la póliza ante el suceso y por supuesto, el precio de la prima y el tipo de seguro en su caso que se debe de contratar para una mayor o menor protección. Parece sencillo hablar de seguros vehiculares. Pero no lo será cuando ahora se trate de seguros contra daños provocados por acciones de la delincuencia organizada. La diferencia entre ambos es abismal: en el primero hay aleatoriedad, no voluntad, una comisión por omisión, en los segundos, comisión premeditada, sistemática, organizada. México es uno de los primeros países donde se oferté este tipo de póliza. No ha sido un paso sencillo. Primero se tuvo la experiencia en aseguranza contra efectos del terrorismo. Se trató de que la póliza contra terrorismo protegiera también los daños provocados por delincuencia organizada, sin embargo existe una diferencia fundamental entre ambos: la acepción de terrorismo tiene que ver con motivos políticos, religiosos o ideológicos. El crimen organizado carece de una motivación de esta naturaleza, su fin único y último es el lucro inmediato. La cuestión ahora será darle contenido a las condiciones y alcance de una póliza de seguro contra daños patrimoniales provocados por el crimen organizado. La póliza cubrirá daños hasta los 25 millones de dólares. Se dice que la empresa ofrecerá la aseguranza a las empresas sin importar el giro. No creo que sea así de simple. Por incidencia, existen giros más propensos a la extorsión, y por lo tanto de más alto riesgo. Es obvio que habrá restricciones hacia ellos. Recordemos Casino Royal. Tiene otras exclusiones, por ejemplo, el dolo o la mala fe e información no fidedigna proporcionada por la empresa contratante, como sería el caso de omitir manifestaciones en relación con amenazas o extorsiones. Asimismo, la empresa deberá presentar el plan de medidas de seguridad que implementa para proteger sus bienes y persona. La aseguradora evaluara el nivel de riesgo de las empresas y con base en ello calcula la prima y los deducibles. Estas condiciones reducirán el mercado de empresas que reúnan los requisitos para acceder a la póliza. Otra cuestión es que resulta evidente que en el estudio de mercado se detectó un equilibrio entre la incidencia del delito y la recuperación del resarcimiento de daños. Saben que si bien es cierto existe una imagen de recuperación de la tranquilidad, subsiste la extorsión, el secuestro y los ataques directos por parte de crimen, aunque en menor escala. Fuera de la casuística, la Confederación Patronal de la República Mexicana detectó el año pasado un millón y medio de empresas víctimas, con un costo promedio de sesenta mil pesos por extorsión: las firmas grandes pagan hasta un millón de pesos. Nada mas Petróleos Mexicanos pago en ocho años primas por tres mil millones para asegurar contra terrorismo. Ahora podrá ampliar por actos cometidos por crimen organizado para proteger sus activos calculados en un billón de pesos. Fuera del lucro natural que obtendrá la compañía aseguradora con el negocio de las pólizas por daños provocados por crimen organizado, la figura comercial no resulta del todo plausible. Podría alentar su incidencia. Es una suposición, pero al saber que existe un soporte financiero quienes lucran con el dolor y sufrimiento podrían buscar aprovecharse. Este asunto, como en general ocurre con los seguros, debe manejarse en la más completa confidencialidad. Ya lo hacen las empresas. El ámbito público también deberá hacerlo por lo valioso de los datos con que cuenta en materia delictiva. La solución, al final, no se encuentra en la recuperación del daño, sino en la prevención del mismo. Lo demás solo abona a una cadena comercial de lucro, probablemente legítimo, pero no contribuye a una solución a largo plazo.