Columna de análisis crítico

lunes, 26 de junio de 2017

Crítica y abuso de poder



Los foros sobre la ley de protección a periodistas organizados por el H. Congreso del Estado terminaron por constituir eventos políticos, con el agravante de la censura de oradores y una visita de observadores internacionales ad hoc, que vinieron, escucharon discursos proclives y se retiraron. 

El último de los principios contenidos en la declaración de Chapultepec se refiere a las leyes que sancionan y persiguen a los periodistas por incurrir en difamación o calumnia.
Dice dicho principio que “10.- Ningún medio de comunicación o  periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas  o denuncias contra el poder público”. 
Resulta calumnia cuando se difunden mentiras (falsedades) y difamación cuando se divulgan verdades (falsedades) que lastiman el honor o la fama de una persona.
Bajo esta premisa, durante muchos años en México existieron estos tipos legales, tanto difamación como calumnia. Bajo el pretexto de castigar la difusión de mentiras o de verdades, se persiguió a los medios de comunicación y periodistas, amenazándolos con cárcel.
El pretexto, muchas veces, no era la aplicación del tipo penal, sino exigir que revelaran sus fuentes de información, bajo presión de que al no hacerlo, eran coparticipes del delito.
En el caso de chihuahua, desde finales del sexenio de José Reyes Baeza, por circular administrativa interna emitida por la procuraduría general de justicia dejó de llamarse a los periodistas a comparecer para revelar sus fuentes de información, bajo el pretexto de investigaciones por difamación y calumnia.
Posteriormente, por modificación al artículo cuarto constitucional estatal, se eleva a dicho nivel de protección el secreto profesional, con lo cual se salvaguardan las fuentes de información de los periodistas, preludio de la eliminación posterior del delito de difamación y calumnia, práctica que hoy campea -con sus excepciones- en todo el territorio nacional.
Ha dejado de perseguirse al periodista bajo el argumento legal de la difamación y la calumnia; sin embargo, bajo la figura civil de la reparación del daño, se continúan instruyendo procedimientos contra medios de comunicación y periodistas.
Particularmente quienes inician esos procedimientos son personajes de la vida pública, altos funcionarios de los gobiernos en sus distintos niveles, que exigen cantidades millonarias, en busca de estrangular económicamente a quienes ejercen el periodismo.
Es cierto que debe salvaguardarse la vida privada, la intimidad de las personas, y debe cuidarse al máximo el honor y la fama, aspectos de la personalidad de valor importante, empero, en una democracia donde se practica la transparencia y la rendición de cuentas, son los funcionarios públicos que ejercen recursos también de naturaleza pública, quienes deben estar sujetos al máximo escrutinio.
Estos funcionarios y personajes de interés público, ligados al poder económico y político, se diferencian de los ciudadanos comunes por su exposición pública, por tanto, su protección a la vida privada y a la crítica debe ser menor, en aras de proteger el interés general.
A ello se refiere la declaración Chapultepec, aunque, debe decirse, acotado a un concepto de poder público que ya quedo rebasado. Hoy en día debe hablarse de personajes de interés público, deportistas, artistas, líderes de opinión, empresarios, iglesias, presidentes de partidos políticos, sindicatos, una gran gama de personas que no pueden quedar ajenas al escrutinio crítico de los medios de comunicación.
Los jueces del ámbito civil tienen una importante labor porque los montos de indemnización bajo el concepto de reparación del daño moral constituyen auténtica censura a la libertad de expresión. Los asuntos judiciales debían concluir con el simple derecho de réplica, y nunca una sanción, mucho menos exhorbitante: esto, con la lógica de tutelar el bien preciado del control periodístico en relación con quienes detentan los poderes formales y fácticos.
En una democracia debe alentarse la crítica como instrumento que profundiza el valor de la corresponsabilidad y ayuda a evitar la presencia del abuso de poder.

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