sábado, 22 de diciembre de 2012
Tuvieron qué pasar diez años
Resultaba incongruente que las entidades federativas hubiesen avanzado con mayor rapidez en garantizar la transparencia, el acceso a la información y a la protección de los datos personales, que la instancia Federal.
Entidades como Chihuahua, marcaron parte aguas en el ámbito nacional, cuando fruto del derecho comparado, probablemente de manera tardía, pero aprovechando la experiencia que ello mismo proporcionó, arribaron a un marco jurídico de avanzada en materia de transparencia. Esta era la segunda ocasión que el gran estado del norte se posicionaba a nivel nacional con figuras de inéditas como ocurrió en 1994 con la materia electoral.
Tres aspectos fundamentalmente deben destacarse de la transparencia chihuahuense: la constitución de un órgano constitucional autónomo, la ampliación de los sujetos obligados y la reducción de plazos.
Resulto inédito que nuestra entidad, sin titubeos, autorizará la creación de un órgano constitucional autónomo, garante de la transparencia, no subordinado jerárquicamente a ninguno de los poderes establecidos.
También fue un hito la ampliación de los sujetos obligados a cualquier ente que recibiera recursos del erario público, sin limitación alguna: la categoría de sujeto obligado la otorga, no el carácter de personal moral pública, sino el hecho material de recibir dinero del sector público estatal, con lo cual se incorporó a los partidos políticos en automático, amén de que fueron señalados expresamente en el texto para que no cupiera duda alguna.
Los plazos también fueron reducidos en el procedimiento de acceso a la información pública, bajo la interpretación de que la dilación en los tiempos solo propiciaba el incumplimiento al derecho constitucional del ciudadano de acceder a la información pública, por ejemplo, para la aclaración de la solicitud, a nivel federal se otorga un plazo de diez días al sujeto obligado para requerirlo al solicitante y a nivel estatal, en Chihuahua, solo se otorgan cinco días: los plazos fueron reducidos a la mitad.
Estaba la transparencia federal retrasada.
La semana pasada el Senado de la República autorizó la reforma constitucional en materia de transparencia avanzando significativamente.
Por lo pronto, a reserva de revisar el decreto correspondiente, se aprecia una reforma de gran calado: se crea un órgano constitucional autónomo a nivel federal para garantizar la transparencia, sólo dejando de lado asuntos jurisdiccionales que deberá resolver, en la materia, un comité designado por el Poder Judicial de la Federacion, fórmula que de suyo resulta innecesaria si de antemano se considera a todos los procedimientos jurisdiccionales como información reservada.
La reforma parte de diversas propuestas, la Presidencial y la presentada por los partidos de la Revolución Democrática y Acción Nacional, ampliando el número de comisionados de cinco a siete, otorgando la categoría de inatacables a las resoluciones de órgano constitucional autónomo, calificándolas de vinculatorias y definitivas, y ampliando la categoría de sujetos obligados incluyendo partidos políticos.
Adicionalmente le otorga al órgano constitucional la posibilidad de presentar acciones de inconstitucionalidad contra leyes y tratados que atenten contra el principio de máxima publicidad y transparencia y se establece que las entidades deberán constituir órganos con igual categoría y facultades en las entidades.
Transcurrieron apenas tres semanas de la nueva administración y se observa el consenso para llegar a fórmulas legislativas detenidas desde hace casi diez años, cuando nace el Instituto Federal de Acceso a la Información, en una disposición de las distintas fuerzas para sentarse a dialogar y llegar a acuerdos, en una visión a corto, mediano y largo plazo, sancionada en el Pacto por México, que demuestra su gran utilidad.
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