Columna de análisis crítico

lunes, 24 de julio de 2017

Recomendaciones de protección


Felicidades a Colilá Eguia, Presidenta de Fapermex, por su próxima sesión a celebrarse en Agosto, en la fronteriza Ciudad Juárez.

Cuando se habla de protocolo de protección a periodistas se piensa únicamente en acciones posteriores a los ataques directos o indirectos. Esta es una equivocación.
Hablar de protocolo de protección, desde la perspectiva construida colectivamente y plasmada en el Sistema Integral de Protección a Periodistas, allá en el lejano 2010, es tratar particularmente la prevención de ataques, porque las acciones remediales son asumidas en otro apartado denominado Medidas cautelares.
Un protocolo son una serie de pasos a seguir, en este caso, para prevenir las agresiones. Con una peculiaridad. Se trata de pasos recomendados, que pueden ser o no asumidos por periodistas y medios de comunicación.
Habrá periodistas o medios que consideren algunas de las recomendaciones excesivas o incluso violatorias a la libre expresión de las ideas. En situaciones normales pudieran serlo. Pero en situaciones anormales, extraordinarias, como las que se viven actualmente, no lo son.
El bien mayor a proteger es la integridad de los periodistas y el funcionamiento de los medios de comunicación. No se trata de vulnerar libertad de expresión, se trata de ejercer libertad de expresión en condiciones de alto riesgo.
Para lograrlo, el Sistema Integral considera dentro del mencionado Protocolo dos grandes apartados, las Recomendaciones generales y las Recomendaciones especificas. Estas últimas tratan del proceso periodístico (búsqueda de información y publicación) y de los supuestos que se pueden presentar en materia de riesgos (artefactos explosivos, amenazas, atentado, secuestro, hostigamiento de fuerza pública, protestas y desorden civil).
En el caso de las recomendaciones generales se sugieren medidas de prevención a reporteros y directivos de medios, como por ejemplo, apoyar las denuncias por agresiones, intimidaciones o atentados a la libertad de expresión (RG 16). La idea es que la mayor visualización de una agresión previene otras agresiones y presiona las investigaciones para evitar impunidad.
Otra recomendación (RG 17) es elaborar, capacitar e implementar medidas de protección y primeros auxilios en las empresas periodísticas. Se trata de lograr que los periodistas estén capacitados para enfrentar situaciones de riesgo en casos en los cuales la integridad física ha sido vulnerada, como ha ocurrido en innumerables ocasiones por atentados con arma de fuego e incluso detonación de bombas.
El caso de la correspondencia o paquetería también debe ser atendida. Dice la recomendación 19 “Revise siempre la correspondencia, no reciba paquetes de remitentes desconocidos o anónimos o anónimos, no abra paquetes dudosos y aumente los cuidados en fechas especiales. Utilice un detector de metales”. Los casos de explosivos o sustancias tóxicas en correspondencia no son descartables en situaciones de riesgo, como las que vive Chihuahua. Otros países los han sufrido, si no solo hay que remitirse al caso de Barak Obama, que salió ileso gracias al seguimiento rígido de un protocolo.
Estos son solo algunos ejemplos de Recomendaciones comunes para periodistas y medios de comunicación que contiene el Sistema Integral de Protección a Periodistas. El resto de las recomendaciones son las señaladas en los numerales 4, 7-10, 12-13, 16-17, 19-21, 23-26 y 27 y 28, que se pueden consultar dentro del Sistema localizable en la página de la CEDH.
Ahora bien. No todas las recomendaciones son aplicables a periodistas y medios de comunicación. Algunas de ellas solo están dirigidas a periodistas (1-6,11,22 y 25) o a medios de comunicación (9,14,15 y 18).
Por ejemplo, a los periodistas se recomienda evaluar la situación de riesgo en el área de trabajo (RG 1). ¿Vialidades principales?, ¿puertas de emergencia?, ¿rutina de acceso a las oficinas? ¿Localización y uso del estacionamiento? Son muchas las preguntas que continuamente debe hacerse el periodista para prever cualquier riesgo, y sobre todo atenderla, en conjunto con el medio de comunicación.
En cuanto a las recomendaciones especificas para el medio, podemos hablar de la número 15, que se refiere al establecimiento de mecanismos para recibir, evaluar, solucionar y responder por posibles errores en las informaciones, que no es otra cosa que el moderno derecho de réplica. Responder a errores en la información considerada de alto riesgo ayuda a prevenir ataques directos o indirectos, de acuerdo a la experiencia internacional.
La importancia de un sistema de protección va más allá de atender las agresiones contra periodistas y medios de comunicación. Debe atender a la prevención, porque con ello el periodista reduce su nivel de riesgo, y la aplicación de medidas cautelares se reduce en grado y cantidad. A ello están orientadas las recomendaciones generales y específicas del Sistema.

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