La mayoría legislativa, el mandato popular, no puede ser base para una reforma de ley menos de carácter constitucional.
Es increíble, pero escuchamos al inicio de la Sesión de la Comisión del Senado que analiza la reforma judicial, a la secretaria de dicho órgano, algo así como que abordaría técnicamente de manera breve la propuesta para pasar al debate político.
No es el debate político el que lleva a recriminar la
reforma caprichosa e insustancial, sino el apartado técnico, donde precisamente
naufraga dicho intento golpista sobre el Poder Judicial y donde tiene su
principal defecto.
Con las reservas en relación con el gran fraude a la ley
cometido para socavar el genuino voto de los mexicanos, con la compra masiva y
descarada del sufragio, nadie cuestiona las mayorías legislativas construidas,
aún y cuando esté en tela de duda el actuar irresponsable de Guadalupe Taddei y
Mónica Soto, en el INE y en el Trife.
Para empezar desde el punto de vista técnico no es posible
legalmente cesar en sus derechos laborales a ministros, magistrados y jueces,
porque tienen derechos adquiridos, que son fundamentales para proteger la
independencia del sistema jurisdiccional nacional.
Detrás de esos derechos además está el servicio civil de
carrera en el Poder Judicial, con funcionarios de menor rango que escalan
conforme a un programa de capacitación y desarrollo profesional, mediante exámenes
de oposición.
Escuchar a Citlalli Hernández, la exsecretaria del Comité
Ejecutivo Nacional de Morena, ahora en su papel de secretaria de la Comisión
que dictamina la mal llamada reforma judicial, hacer a un lado el estudio
técnico, confirma precisamente esa ignorancia con la cual se ha manejado la
Cuarta Transformación en la pretendida reforma.
Citlalli elogió la propuesta de la reforma en términos
políticos, no jurídicos. No podría hacerlo. Estudio ciencias de la
comunicación, de lo jurídico no conoce ni pizca. No es su culpa, no es su
perfil profesional, desde el cual pretende pontificar acerca de la reforma.
Contar con mayoría formal no otorga la razón al momento de
legislar. La razón estriba en la pertinencia técnica y operativa que es soporte
de la legislación, cualquiera que sea el tema.
La mayoría legislativa, el mandato popular no puede ser base
para una reforma de ley menos de carácter constitucional. Ello habla de la poca
capacidad técnica de quienes tienen en sus manos la agenda legislativa.