La reciente reforma constitucional autorizada en la cámara de diputados del Congreso de la Unión, representa un avance significativo en el tutelaje de la libertad de expresión, particularmente, en la protección del periodismo, al abrir la posibilidad de que la autoridad federal conozca de delitos en esta materia. Sin embargo, aún y cuando resulta insuficiente y deficiente, coloca en la palestra la urgente necesidad de ampliar el marco jurídico protector hacia los comunicadores, retomando una agenda legislativa integral.
Es insuficiente la reforma planteada desde la cámara de diputados, porque se requiere una visión integral, que incluya modificaciones como es el caso del reglamento de la Ley Orgánica de la Cámara de Diputados para crear la comisión ordinaria de protección a periodistas o bien, la modificación a la ley orgánica de la Procuraduría General de la República para elevar a nivel de subprocuraduría la fiscalía especial para atención de delitos cometidos contra periodistas, solo por señalar dos acciones inmediatas y urgentes.
La Comisión Ordinaria que da seguimiento a atentados contra periodistas tiene su antecedente en la Comisión Especial que funcionó hace dos legislaturas y que permitió la construcción de un foro nacional de organizaciones de periodistas y de defensa de derechos humanos, como soporte y asesoría permanente de las decisiones legislativas que tienen que ver con periodismo.
El fortalecimiento de la fiscalía para atención a periodistas se justifica por la constante y gravedad de las agresiones. Tan solo en los últimos doce años se han cometido cien homicidios contra periodistas y trabajadores de medios de comunicación.
Pero además, fortalecer la fiscalía en recursos humanos y materiales, es clave para la instrumentación de la reforma constitucional, a través de la cual se busca incrementar la atracción de delitos para ser investigados juzgados en el ámbito federal, de otra manera, se va a generar un cuello de botella y las indagaciones serán instrumentadas por otras áreas distintas a la fiscalía.
La reforma planteada es deficiente, porque retoma simplemente la capacidad genérica de atracción de delitos del fuero común por parte del ministerio público federal, ya contenida en el código federal de procedimientos penales, dejándola en eso, una simple posibilidad por parte de la autoridad federal.
Así lo demuestra el texto de la reforma planteada al artículo 73 constitucional, cuando señala que “Las autoridades federales podrán conocer”, dejando la decisión en el ámbito de la discrecionalidad de los funcionarios públicos.
Además debe revisarse si es pertinente incluir esta norma en un artículo que establece las facultades del Congreso, en lugar de pensar en el artículo sexto o séptimo constitucionales, donde pudiera observarse una mayor congruencia legislativa, y un tono menos centralista, partiendo de la base de que las reformas protectores a la libertad de expresión, en los últimos tiempos, han provenido de las entidades federativas y no de la federación, como es el caso, por ejemplo, de la despenalización de delitos de difamación y calumnia.
La reforma significa un avance importante porque el tema de protección a la libertad de expresión pretende elevarse a nivel constitucional, en la vertiente de atracción para conocimiento federal. Sin embargo, lo idóneo es que el Senado corrija la plana, y considere un sistema integral de protección al periodista, que incluya aspectos como la creación de órganos consultores en el ámbito legislativo, el fortalecimiento de la fiscalía, protocolo de protección, medidas cautelares, desarrollo social, entre otros aspectos que el periodismo organizado del país ha sostenido, hoy bajo la batuta de Hilda Luisa Valdemar, a nivel nacional, y a nivel estatal con Javier Realivazquez, en la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos y en el Foro de Periodistas de Chihuahua.
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