Columna de análisis crítico

martes, 14 de octubre de 2014

Libre expresión de 360 grados

La entrega del vigésimo Premio Estatal de Periodismo José Vasconcelos por parte del Foro de Periodistas de Chihuahua, el pasado domingo, y los discursos ahí pronunciados en torno a la imperiosa necesidad de proteger y garantizar la libre expresión de las ideas, obligan a reflexionar en torno al tema.
Muchos nos preguntamos ¿que es la libre expresión?, y si ésta tiene un carácter absoluto, es decir, que no admite confrontación con un derecho que pudiera ser mayor, como la moral, la esfera jurídica de terceros, o últimamente, la seguridad nacional o el interés social.
Las dos primeras acepciones, la moral y los derechos de terceros, son de origen constitucional, y han constituido elemento para que la Corte se haya pronunciado en diversas ejecutorias en relación a las limitaciones que la libertad de expresión tiene, cuando trastoca los usos y costumbres que conforman la moral social o violenta los derechos de un particular, por ejemplo, a su intimidad o vida privada.
Sin embargo, en ambos casos no existe una interpretación precisa, sigue siendo la regulación vaga, atendiendo el criterio de que hay que estar al caso concreto, mediante el cual los jueces deberán determinar si existe o no esa violación a la moral social, atendiendo que esta es cambiante, por lo cual cualquier norma podría ser rebasada por el simple transcurrir del tiempo.
En el otro caso, el de la esfera jurídica de los particulares, nos encontramos en una situación similar: hemos visto que no solo los funcionarios de cualquier nivel de gobierno son personas públicas, y por tanto, de gran interés para los ciudadanos, sino también lo son personajes como los empresarios, deportistas, artistas o personas que de manera eventual e improviso saltan a la fama pública. De esta manera, unos y otros, por criterio jurisdiccional tienen que ver disminuido su derecho a la privacidad, ya que sus vidas, aún aquellos aspectos no vinculados directamente con la función pública que desarrollan, adquiere relevancia, y por tal motivo, no solo es legitima, sino necesaria su transparencia frente a la comunidad.
Ahora bien, se ha buscado afianzar como criterios limitadores de la libre expresión de las ideas la seguridad nacional o el interés social. De hecho, el primero de ellos ha sido profusamente regulado por las leyes de transparencia, dada la tentación del poder público de rechazar las solicitudes de información bajo ese argumento. En teoría, la seguridad nacional es un concepto de Estado para vedar el acceso a información. Por ese solo motivo es restrictivo de la libre expresión de las ideas, ya que la seguridad del estado no siempre es la seguridad de la comunidad, y en ocasiones se convierte en un instrumento de manipulación. Por ello, los reglamentos en materia de transparencia tienden a establecer candados para que la seguridad del estado, como argumento negador de la información, sea la excepción y no la regla, y aún cuando se conceda sea de manera temporal y no permanente.
El interés social es igual de difícil de definir, ya que bajo el argumento del beneficio mayoritario, social o comunitario, se trata de impedir la divulgación de información, sin que exista un parámetro objetivo para determinar su realidad. Se convierte en discurso cobijado por los sectores de poder, particularmente el público, para alejar del conocimiento general aspectos delicados o temas graves.
Cuando se habla de libertad de expresión indudablemente también es obligado referirse a los medios de comunicación, válvula moderna de escape del pensamiento. En ellos esta presente la necesidad de ser independientes a todo factor real o formal de poder, su pluralidad y objetividad, entendiendo su naturaleza como empresas y su orientación abierta o disimulada hacia algún punto ideológico.
En este sentido hay medios de comunicación que no esconden su posición ideológica y los hay quienes lo hacen. Otros adoptan un pluralismo de contenido. Al final el lector -en teoría- decide que leer. El problema es cuando no existe esa decisión y los consumidores de información solo tienen una opción virtud el monopolio informativo imperante. Por ello la pluralidad no solo consiste en diversidad de contenidos, sino en diversidad de medios de comunicación.
Por último, la transparencia comercial e informativa de los medios de comunicación se vuelve imperante, en una sociedad que hace esfuerzos por transitar hacia espacios donde no existan actores políticos, económicos o sociales alejados de la rendición de cuentas y transparencia. Los pasos en este sentido han sido tímidos, no solo en la radio y la televisión, sino en los impresos y digitales. La importancia de los medios, y por ello la necesidad de que emprendan esta ruta, es que conforman y guían opinión en millones de personas.
Como se observa, la libertad de expresión, al final, es un camino con una agenda en dos vías: primero que posibilite una comunicación sin ataduras ni coacción -de ninguna naturaleza, incluyendo la publicitaria-, permitiendo a los medios constituirse en conducto de la expresión del pensamiento para su divulgación, y segundo, que éstos en corresponsabilidad se aperturen, como lo han venido haciendo muchos de ellos, de cara a la sociedad, en un gran paso a la democratización de 360 grados de la libre expresión de las ideas.



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