Columna de análisis crítico

lunes, 29 de diciembre de 2014

Una industria ilícita

No son nuevas las regulaciones penales que sancionan la explotación y trata de personas con fines sexuales. Tanto el Código Penal Federal como la Ley General para Combatir y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y Para la Protección y Asistencia a las Víctimas de éstos Delitos dedican amplios capítulos para describir éstas conductas antijurídicas, tendientes a la protección de las personas en su libertad, seguridad, protección y bienestar físico y psicológico, particularmente del interés superior de la infancia y la tutela de su desarrollo armónico.
En este sentido, tanto el código penal como la ley general, se refieren a dos conductas relacionadas, la pornografía y la trata de personas con fines sexuales, íntimamente vinculadas e incluso interdependientes: la primera está condicionada por la segunda. Es decir, no se puede dar pornografía sin la trata de personas, pero si puede ocurrir que exista la trata sin la exhibición propia, esto es, la pornografía.
Refiramonos a la trata de personas. La ley general sanciona a quien se beneficie de la explotación de una o más personas a través de la prostitución o cualquier otra actividad sexual remunerada, mediante el engaño, la violencia, el abuso o aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, daño o amenaza. Ese beneficio económico de la explotación de una persona puede provenir, de acuerdo con la ley, del comercio, distribución, circulación, libros, revistas, escritos, grabaciones, filmes, fotografías o anuncios impresos, de carácter lascivo o sexual, reales o simulados.
Esos anuncios impresos que generan beneficios económicos son de tal relevancia para la comisión del delito de trata de personas con fines sexuales, que la ley dedica dos artículos que sancionan, tanto al que los contrata u ordena, como a quien los pública o distribuye en el medio de comunicación.
Dice el artículo 32 que se impondrán penas de dos a siete años de prisión y de quinientos a dos mil días de multa al que, en cualquier medio impreso, electrónico o cibernético, contrate de manera directa o indirecta, espacios para la publicación de anuncios que encuadren en los supuestos de publicidad ilícita o engañosa con el fin de facilitar, promover o procurar que se lleve a cabo cualquiera de las conductas delictivas objeto de la ley.
El siguiente artículo, 32, de la ley en comento, se refiere a las sanciones, con pena de cinco a quince años y multa de mil a veinte mil días, a quien dirija, gestione o edite un medio impreso, electrónico o cibernético que incumpliendo lo dispuesto con la ley, publique contenidos a través de los cuales facilite, promueva o procure cualquiera de las conductas delictivas objeto de la misma.
No es ésta ley el único referente que sanciona la publicación y distribución de anuncios sexuales. Lo señala también el código penal federal en su artículo 200 en el cual sanciona a quien comercie, distribuya, exponga, haga circular u oferte a menores de 18 años, entre otros, anuncios impresos. Igual, el artículo 206 bis, en su fracción primera y segunda, sanciona a quien obtenga un lucro cualquiera, de la explotación del cuerpo de una persona por medio del comercio carnal, o bien, al que induzca o solicite a una persona para que con otra comercie sexualmente con su cuerpo.
Como se observa, los anuncios de publicidad de contenido sexual, no solo están prohibidos, sino que su contratación y publicación es sancionada por la ley, bajo el argumento de máxima protección a la integridad sexual de las personas, y prevención de la trata.
Es indudable que los anuncios sexuales promueven el comercio ilícito bajo el cual subyacen conductas que vulneran la  integridad de las personas en su desenvolvimiento sexual, obteniendo de esta actividad un lucro ilegal, inmoral y convencionalmente sancionado por los tratados internacionales de los cuales México es parte.
Pero además, tanto la ley general contra la trata de personas como el código penal federal establecen una competencia federal en la materia, dejando en los Estados y Municipios una coadyuvancia referente al establecimiento de programas, vigilancia y denuncia de hechos presuntamente delictivos. El problema es que la federación no asume su responsabilidad. Y desafortunadamente, muchos medios de comunicación tampoco lo hacen, construyendo una industria del anuncio sexual, sin pensar que una prensa que publica anuncios sexuales no solo incumple con su compromiso social, sino que incurre en una conducta ilícita y, de manera lamentable, promotora de un delito grave como es la trata de personas.



 

lunes, 22 de diciembre de 2014

Compromiso social

"Al punto mismo se dejó ver con el Ángel un ejército numeroso de la milicia celestial, alabando á Dios, y diciendo: Gloria a Dios en lo más alto de los cielos, y paz en la tierra á los hombres de buena voluntad". San Lucas, I, 13-14.

Los medios de comunicación masiva deben éticamente responder en sus contenidos a un compromiso social, que busque mejorar la vida en sociedad. Se mejora esa vida en sociedad impulsando conductas que fortalezcan la convivencia y el desenvolvimiento de las mismas personas en todas sus vertientes, en la política, la cultura, la educación, la religión o crecimiento espiritual, entre otras.

Una forma de cumplir con el compromiso social que tienen los medios de comunicación con la sociedad es inculcando un pensamiento crítico hacia la cosa pública: entre otras situaciones, que las personas comprendan que la organización política es un instrumento, un medio, para alcanzar bienestar social e individual: que el Estado no es un fin en sí mismo, y que por lo tanto, no debe sacrificarse a la población en beneficio de un Estado o organización estadual que lastima o vulnera a los mismos individuos, directa o indirectamente. Esta es una de tantas líneas de pensamiento que podrían y deberían abordarse continuamente en los medios de comunicación.

En cuanto a cultura y educación, son catapulta para el desarrollo del pensamiento crítico, que impulsado desde un medio de comunicación, permite el desarrollo de las individualidades y propugna por la cohesión social. Por ello, todo medio de comunicación debe incluir en sus contenidos expresiones culturales en cualquiera de sus artes, cine, artes plásticas, literatura, que propicie un enriquecimiento artístico de las personas, y con ello la adquisición de un pensamiento universal, centrado en la admiración y deleite por las expresiones de la belleza, de lo bello, fin último de las artes.

Es cierto que al propiciar el crecimiento político, cultural y educativo, los medios de comunicación ayudan a que el hombre -como género- crezca espiritualmente. Es indudable. Sin embargo, secciones especializadas en religión o filosofía, permiten a los lectores, radioescuchas o televidentes, el acercamiento a aspectos profundos de su esencia, que lo llevan a cuestionamientos internos de su formación, del actuar y "el cómo deber actuar", que le permiten, en una dialéctica continua, examinarse y crecer como persona, ser humano e integrante responsable de un cuerpo social.

Si un medio de comunicación se aleja de su compromiso social y utiliza sus contenidos simplemente para la obtención de lucro, ya sea a través de la circulación o la publicidad, poco, si es que nada, aporta al fortalecimiento de la sociedad, máxime cuando utiliza como estrategia mercadológica imágenes o textos pornográficos con sexo implícito o explícito, aderezados con la exhibición de violencia extrema. En este caso, no solo deja de aportar para el desarrollo armónico de la sociedad, sino que incentiva conductas individuales contrarias, factor altamente disociativo, nocivo para la sociedad.

Creo que el Estado no debe ser el regulador de contenidos de los medios de comunicación, porque tiende al capricho y al contentillo del funcionario en turno, auténtica cooptación a la libre expresión de las ideas. Sin embargo, tampoco creo que el mercado sea el mejor regulador, porque las grandes masas son fácilmente manipulables: pan y circo: diversión y entretenimiento en la clandestinidad de la masificación. Este es el incentivo que ha permitido a los grandes y pequeños medios vivir de los contenidos sexuales y violentos. Tienen muchos lectores, radioescuchas y televidentes. Pero al final, poco aportan al compromiso social que tienen como mass media.

Al final, debe ser una posición ética de los medios de comunicación la que regule a los contenidos, particularmente a los medios impresos, ya que la radio y televisión por ser concesiones públicas obedecen a una mayor reglamentación Estatal, se supone, en beneficio de la formación y desarrollo adecuado de los niños y jóvenes, y los grupos étnicos, entre otros sectores, que requieren protección especial.

Los medios impresos deben contar -y aplicar- un código de ética que los aleje de la tentación del fácil lucro mediante la exhibición de contenidos pornográficos e imágenes de violencia extrema. El Estado y los empresarios no deberían anunciarse en este tipo de medios, porque con ello están propiciando contenidos que a la vez detonan conductas que nada aportan a la cohesión del tejido social, denigran a la persona al utilizar a la mujer como objeto sexual y propician afectaciones con su exposición al desarrollo normal de nuestros niños y niñas.

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lunes, 15 de diciembre de 2014

Ética y libertad de expresión

Es cierto como lo sostiene el Congreso del Estado de Chihuahua, la libertad de expresión tutelada por la constitución tiene las limitaciones que la misma señala -y que la codificación internacional respalda-, los derechos de terceros, el orden público y la moral. Sin embargo, reglamentar estas limitaciones constituye un grave riesgo para el ejercicio de la misma libertad de expresión, porque se convierten en tentación y pretexto para vulnerarla por parte del poder público.

La regulación efectiva de los medios de comunicación parte de éstos mismos, de su carácter ético que propugne por elevar la moral pública y ciudadana, valladar ante los abusos del poder público y privado, que afiance las virtudes del hombre para su adecuado y útil -socialmente hablando- desarrollo físico y espiritual, que fortalezca su capacidad crítica frente a su entorno, y su participación decidida en los asuntos públicos.

Es innegable que los mass media devienen en un factor de determinismo social que genera conductas, muchas de ellas francamente disociativas, como es el caso de la apología del delito y la proyección de pornografía explícita o implícita no solo en imágenes, sino también en textos que carecen de cualidades literarias o artísticas y constituyen simples expresiones vulgares de sexo o la publicación de escenas criminales que denigran a la víctima y a su familia al exponerla al escarnio público

Dentro de esas conductas corruptivas se encuentra la denigración de la mujer como un objeto sexual, al ser la principal imagen que oferta la pornografía y los desnudos que algunos medios de comunicación difunden, frente a los intentos sociales que se han efectuado en los últimos años para rescatar la imagen de la mujer de esa posición sexista que propicia e institucionaliza abusos y ataques económicos, políticos, sociales, culturales, morales y físicos, muchos atenuados y otros gravísimos hasta llegar a las lesiones o la muerte.

Asimismo, se vulneran los derechos de los niños y niñas a un sano desarrollo, alejados y protegidos de los efectos corruptores de los factores sociales, entre ellos los medios de comunicación, por el pernicioso efecto de entrar en contacto a su tierna edad con contenidos e imágenes sexuales explícitos o implícitos.

Se trata de un asunto de ética y no de leyes, mucho menos cuando éstas tratan de ser implementadas por un órgano que carece de facultades para ello y descarga la aplicación en un organismo gubernamental débil y sujeto al vaivén de los intereses políticos, como es el Municipio: la regulación de la libre expresión de las ideas es asunto federal.

Es un asunto de ética porque el medio de comunicación, conocedor de la importancia y trascendencia de su impacto, cumple a cabalidad con su responsabilidad social, encontrando un justo equilibrio entre su obligación periodística -si es que la publicación de desnudos y textos eróticos forman parte de ella- y la obtención de lucro por su naturaleza empresarial.

Existe otro elemento. La publicidad. Los mismos empresarios y el sector público se benefician con las altas ventas de medios de comunicación que utilizan la violencia y las imágenes y contenido sexual para intentar posicionar sus productos o acciones.

Lo mismo ocurre con la población que adquiere este tipo de publicaciones. Busca esta información y la obtiene por un precio módico. Son miles los ejemplares diarios que circulan gracias a esta demanda.

Luego entonces, estos medios de comunicación de contenido pornográfico y extremadamente violento subsisten gracias a que representan un redituable negocio, porque existen miles de personas que los adquieren y empresarios y funcionarios que se anuncian en ellos. Este es un incentivo vital para que perduren y difícilmente desaparezcan, hasta que surja otro medio que los supere, tal y como está ocurriendo actualmente con el internet, un medio de comunicación sin regulación alguna, hito en el desarrollo tecnológico de la humanidad, con grandes beneficios y utilidades, lamentablemente ha sido vinculado y utilizado por el crimen organizado para acceder a pingües negocios como la trata de personas y la pornografía adulta e infantil.

Es decir, el internet de ser el receptáculo de imágenes y textos pornográficos se convirtió en instrumento para la operación de delincuentes.

En resumen: los medios de comunicación tienen un alto compromiso social sancionado por la autoregulación. Lo cumplen al informar a la sociedad y al elevar su nivel cultural y pensamiento crítico, ofertando entretenimiento debidamente categorizado para protección de la niñez, y moderado, para evitar violentar los derechos de las víctimas y sus familias, superando los estereotipos que denigran a la mujer como un objeto sexual.

http://robertopinon.blogspot.mx








lunes, 8 de diciembre de 2014

Autoritarismos televisivos

Se ha discutido acerca de la protección que debe recibir cualquier manifestación de las ideas, tenga o no interés público, y sea emitida o no por periodistas, comunicadores o lideres de opinión.
Es decir. ¿Hasta donde están protegidas las manifestaciones que realizan las personas comunes? ¿Será que su derecho a manifestar su pensamiento tiene una menor protección que la de los comunicadores, o la de éstos mayor que la de aquellos?
La pregunta tiene relevancia porque las modernas redes sociales permiten a las personas hacer trascender sus opiniones y comentarios, formas de pensar, expresiones sobre hechos cotidianos y comunes, de manera permanente y sistemática, a grado tal que conforman opinión pública y son referente de información para los medios de comunicación especializados, sean prensa, radio o televisión.
Las opiniones comunes de las personas en sus blogs, páginas personales, perfil de facebook, instagram o twitter, adquieren una nueva dimensión al ser propagadas por estos mecanismos cibernéticos. La opinión de un estudiante, virtud a su creatividad, profundidad o contexto coyuntural, puede alcanzar niveles de difusión internacionales de gran impacto, aún y cuando haya sido elaborada desde un modesto escritorio de una vivienda de clase baja o una lujosa residencia de un fraccionamiento residencial exclusivo.
Esta nueva categoría que catapulta las opiniones personales hacen de ellas un asunto de interés público, porque afectan la construcción de la opinión colectiva, son objeto de discusión y comentario, y por tal motivo, ameritan la protección constitucional, legal, política y social, una protección lo más amplia posible, porque rompen cartabones y estatus protectores de medios de comunicación sujetos a naturales e incluso comprensibles intereses de muy diversa naturaleza, y aún aquellos reprobables por su esencia corruptora y manipuladora.
Las redes sociales al incidir en esa construcción de la opinión pública tienen una gran aportación a la consolidación de un sistema democrático, basado en la transparencia, rendición de cuentas y honestidad.
Por ello es afortunada la tesis que apenas el cinco de diciembre pasado  emite la Corte mexicana (1a. CDXX/2014 (10a.), que aún y cuando resulta aislada aporta a la máxima protección que debe recibir la libre expresión de las ideas, aún y cuando ésta obedezca a un impulso personal y su contenido carezca en principio de un interés común o colectivo.
Dice bajo el rubro Libertad de expresión. Dimensión individual de este derecho fundamental, “La libertad de expresión en su dimensión individual asegura a las personas espacios esenciales para desplegar su autonomía individual. Así, se ha establecido que el contenido del mensaje no necesariamente debe ser de interés público para encontrarse protegido. En consecuencia, la dimensión individual de la libertad de expresión también exige de un elevado nivel de protección, en tanto se relaciona con valores fundamentales como la autonomía y la libertad personal. Desde tal óptica, existe un ámbito que no puede ser invadido por el Estado, en el cual el individuo puede manifestarse libremente sin ser cuestionado sobre el contenido de sus opiniones y los medios que ha elegido para difundirlas. Precisamente, la libre manifestación y flujo de información, ideas y opiniones, ha sido erigida en condición indispensable de prácticamente todas las demás formas de libertad, y como un prerrequisito para evitar la atrofia o el control del pensamiento, presupuesto esencial para garantizar la autonomía y autorrealización de la persona.”
Es común que en el uso de esta libertad personal de expresión se utilicen frases discriminatorias, groseras, intimidatorios, o de cualquier otra naturaleza, que propenden hacia el ataque a personas e instituciones, muchas veces sin mayor fundamento que un rumor o una forma particular de pensar.
Esto le esta pasando a Televisa con el Teletón, instrumento de dos facetas, una fiscal y otra social-publicitaria, que ha sido objeto de múltiples ataques y comentarios negativos. Se podrá estar a favor o en contra del programa privado-gubernamental impulsado por la principal televisora mexicana. Lo que no se puede es adoptar un aire autoritario que rechace sin más las expresiones, cuando en un ejercicio de autocrítica y rendición de cuentas, el grupo televisivo debería rendir informes pormenorizados y explicar la fase fiscal. No hacerlo y responder simplistamente de manera superficial, como ocurrió al inicio del Teletón, simplemente es echar leña a la hoguera.
Pero aún más. El ejercicio de libre expresión de las ideas no debe reprimirse, al contrario, alentarse, como lo sostiene la Corte, ya que goza de la máxima protección constitucional aún y cuando en apariencia no tenga relevancia pública por ser emitido por una persona común.


martes, 2 de diciembre de 2014

Impunidad y medios de comunicación

Durante algún tiempo, la segunda mitad del siglo pasado y lo que va del presente, se ha insistido en que son los medios de comunicación masiva los que determinan o condicionan la agenda pública, y que por tanto, el colectivo y el poder público, están sujetos a un moderno y tiránico poder fáctico.
Esta opinión está sustentada en una independencia de los medios de comunicación frente al poder público establecido y a los poderes fácticos existentes; medios de comunicación masiva que obedecen al interés puro de la información como mecanismo de contrapeso político en una democracia; medios de contenido plural y critico que desnudan la realidad y la hacen visible a los ojos de la comunidad. Este es el ideal.
En la realidad, dentro de esos medios de comunicación existen los que coinciden con la facción política en el poder y se convierten en propagadores de sus éxitos y defensores de sus fracasos, así como los hay quienes, coincidentes con otras formas de pensar y hacer, practican una crítica per se y a priori, que obedece a su ubicación coyuntural en el espectro político. Los hay también, quienes desde una visión de responsabilidad asumen una posición ideal, de defensa de principios, más que de personas o regímenes.
Estos diversos y en ocasiones contrapuestos sistemas de comunicación son útiles para la conformación de la opinión pública, que al final, en el balance de un razonamiento de los posicionamientos, y sobre todo, de los hechos, discierne y genera juicio: separa la defensa a ultranza, irracional, así como el ataque desmedido y sin fundamento, de la crítica y autocrítica necesaria e indispensable en la evaluación de la actuación pública.
Esta opinión pública, razonada, permea a la colectividad y genera opinión amplia. El sol no puede ocultarse con un dedo. El desastre en la conducción de la cosa pública provoca rechazo y pérdida de simpatías, hasta llegar al irreductible del voto duro y militante.
Por ello, asegurar que los medios de comunicación han provocado la caída de la popularidad del Presidente de la República, es un desatino. La divulgación de los hechos lamentables ocurridos desde Tlatlaya hasta Cocula, pasando por la Casa Blanca, obvio que influye, pero no es determinante: son los hechos los que forman opinión, no la divulgación de los mismos.
Hoy Enrique Peña Nieto se enfrenta a una caída considerable del nivel de aprobación. Dos estudios recientes así lo demuestran, practicados por dos diarios de circulación nacional, Milenio y Universal.
Se han incrementado los negativos (67%) frente a los positivos (49%), la aprobación (41%) frente a la desaprobación (50%). Pero no solo ello, si la gente antes tenia confianza en el Presidente ahora no la tiene (64%), pero tampoco lo ven cercano (62%), ni capaz de resolver los problemas (62%) y menos que cumple sus compromisos (65%).
Existe una grave crisis de presencia que el mandatario tiene que enfrentar aún antes de llegar a la mitad de la administración, apenas al cumplir dos años, ante un retraso del tránsito del discurso al aterrizaje del cambio estructural, particularmente en la economía de bolsillo y en la inseguridad, pero aún más, en la sensación de que no se esta atendiendo adecuadamente el grave problema de corrupción pública, develado por la criminal complicidad del exalcalde de Iguala con un grupo de narcotraficantes.
El Presidente perdió una oportunidad valiosa al generar expectativa de auténticas medidas correctivas, más en la política real, que en la ideal legislativa, que no aterriza ni resuelve, y solo traslada el problema hacia el futuro, con sus diez medidas discursivas, alejadas de la realidad de lo que acontece en el país, donde lo que abundan son leyes y lo que falta es su aplicación, pero además por el delicado centralismo que subyace en ellas.
Si se agrega el grave déficit público provocado por la caída en el precio del petróleo, la ausencia de crecimiento para este y el próximo año,  el aumento de la deuda pública y el gasto corriente, se encuentra frente a verdaderos problemas de gobernabilidad, cuyo causante no son los medios de comunicación, que solo amplifican –y en no pocas ocasionan agudizan, focalizan y/o ¿distorsionan? los ya de por sí graves problemas- sino las erráticas medidas auspiciadas desde una visión de política pública que nada tiene de eficiencia y eficacia, con severos lunares de ausencia de honestidad auspiciados por una impunidad que debe ser eliminada de raíz.