Partiendo de la
base de que la pluralidad es obligación constitucional, legal y ética de los
medios de comunicación, debe revisarse hasta donde y en que momento cumplen
ellos con este imperativo, al abrir sus páginas o espacios, electrónicos o
cibernéticos, a la opinión plural y necesariamente contrastada.
Es decir, la
constitución en su artículo sexto impone la obligación de pluralidad a los
medios de comunicación al establecer que toda persona tiene derecho al libre
acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir
información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
Legalmente la
obligación se refiere particularmente a los medios de comunicación radio y
televisión, y proviene del diverso articulado que compone la
Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión, más especifico, del apartado atinente a los derechos de la
audiencia.
Desde el punto
de vista ético, los medios de comunicación están obligados, y así lo señalan
múltiples y diversos códigos de ética de prestigiados medios de comunicación
locales, nacionales e internacionales, que obligan moralmente al uso adecuado y
estricto de las técnicas periodísticas, siempre buscando el contraste informativo.
¿De que grado o
nivel de pluralidad estamos hablando? Más bien dicho, ¿Cómo debe entenderse esa
pluralidad? A nivel macro o micro. Es decir. Puede decirse que el lector tiene
la oportunidad de nutrirse informativamente de diversos medios de comunicación
y de esa manera se le garantiza su acceso a información plural, ya que cada
medio informativo tiene una visión periodística e ideológica, expresa o tácita.
O bien, puede
pensarse en que cada medio de comunicación, sea de la naturaleza que sea, radio,
televisión, prensa o periódicos digitales, tiene que ser obligadamente plural.
Esto es, sus contenidos, desde una nota informativa, una entrevista o crónica,
deben ser plurales o contrastados. No cumple un periódico con este nivel de
pluralidad cuando de un fenómeno solo interroga y plasma la opinión de una
parte y no de la contraparte.
Creo que los
periodistas y los medios de comunicación deben aspirar a cumplir con este nivel
micro de pluralidad: contrastar siempre su información, y de esta manera proporcionar
pluralidad a sus lectores, radio escuchas o televidentes. Es cierto que muchos
medios primero, un día, publican la opinión de una parte y al día siguiente
insertan la opinión de la parte contraria o diversa. Me parece que es una
técnica aceptable pero que en principio vulnera esa pluralidad inmediata.
Es cierto. No
siempre es posible encontrar esa opinión contrastada, por impedimentos mil que
pueden presentarse. Estas dificultades que no hacen posible presentar la otra
opinión, deben describirse en el mismo cuerpo de información, por ética
profesional y explicación al lector.
Puede defenderse
el punto de que la obligación constitucional y legal –en este punto legal para
radio y televisión únicamente- de que un ciudadano no puede quejarse en contra
de un medio de comunicación por su parcialidad, cuando tiene la posibilidad de
un amplio y variado espectro de medios que dotan de pluralidad al contenido
informativo, todos los cuales están a su alcance.
Me parece que
forma parte de la necesaria libertad de expresión y pensamiento, que los medios
de comunicación adopten una determinada línea editorial, y a partir de ahí
censuren actos o hechos del acontecer político, social o económico, línea
editorial que al final se plasma en encabezados, sumarios, cuerpo de nota,
fotografías, espacio y ubicación de la información.
Pero también,
por imperativo técnico y ético, los medios de comunicación deben apegarse a los
géneros informativos, donde la pluralidad es elemento esencial en una adecuada
noticia contrastada, y por si misma es ingrediente necesarísimo en la
diversidad de plumas editoriales que deben nutrir una publicación o espacio radioeléctrico.
Es cierto que un
elemento que afecta la pluralidad, como otros aspectos esenciales del ejercicio
periodístico, es la velocidad y oportunidad de la información: los medios de
comunicación cada día compiten en términos de celeridad para llevar al lector
la información, y esto hace que muchas veces, en aras de ganar la noticia u
obtener la primicia, se vulnere el principio de pluralidad.
Por supuesto
esto no debe ocurrir. A final, Internet, medios impresos, radio o televisión,
gozan de peculiaridades que las hacen distintas y por ello, no resultan
competencia directa, porque uno es inmediato y multimedia, el otro ofrece voz,
grandes y lejanas audiencias, el otro tiene profundidad y esta impreso, y el
último ofrece voz, imagen y grandes audiencias. Por lo mismo, creo, que el
resto de los medios hace mal al adoptar la superficialidad de la noticia que el
Internet ha implementado como recurso para enfrentar la dificultad de la
velocidad e inmediatez.
Pienso que sí se
debe atender al imperativo “pluralidad” que garantiza nuestra constitución.
Pero más importante es apegarse al criterio ético basado en la auto regulación
y desempeño técnico impecable a través de los géneros periodísticos, antes de
obsequiar el mérito a una coacción jurídica que debe ser excepción y no regla,
porque en su camino puede dar paso a múltiples atropellos a la libertad de
expresión y de imprenta.
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