Columna de análisis crítico

martes, 26 de enero de 2016

Sobre regulación riesgosa


“Descanse en paz la estimada colega periodista Martha Margarita Rojano Lucero. Nuestras condolencias para su familia.”

Las reformas en materia de radiodifusión, que apenas cumplen dos años de vigencia, representan un avance innegable al fortalecimiento del derecho que tienen las audiencias para recibir información plural, veraz y oportuna. No podemos más que estar de acuerdo con ello.

Sin embargo, el problema estriba en la sobre regulación propiciada desde el Congreso de la Unión, en un afán garantista, que podría culminar -pensando en un gobierno autoritario de facto- en una asfixia a la creatividad y pluralidad que, paradójicamente, la norma misma trata de proteger.

Es decir, la regulación existente tiene un propósito positivo en busca de proteger derechos inalienables de las audiencias, en el contexto de un estado democrático, donde exista un equilibrio de poderes formales y fácticos, y no la imposición per se de una visión pragmática o ideológica de conservación del poder, desde el entramado de la sobre regulación, que es utilizada como arma para socavar a los actores o sectores que -naturalmente- son disidentes en su opinión e intereses.

La Ley Federal de Telecomunicaciones, en vigor desde el trece de agosto del 2014, contiene dos apartados que protegen el derecho de la audiencia en materia de información, uno de tipo genérico y otro dirigido a los concesionarios con poder sustancial en el mercado.

En el primer caso, el artículo 256, establece como derecho de las audiencias, entre otros, recibir los beneficios de la cultura, preservando la pluralidad y veracidad de la información. Dice textual, fracciones primera y segunda, "Recibir los beneficios que reflejen el pluralismo ideológico, político, social, cultural y lingüístico de la Nación" y "Recibir programación que responda a las expresiones de la diversidad y pluralidad de ideas y opiniones que fortalezcan la vida democrática de la sociedad".

Tratándose de concesionarios con poder sustancial de mercado, la ley permite en su artículo 282, la facultad de establecer obligaciones y limitaciones especificas, entre otras materias, en la información, calidad, tarifas, ofertas comerciales y facturación, para no afectar la competencia y libre concurrencia de otros participantes en un mercado especifico, sin menoscabo de que estén obligados a cumplir con los alcances del artículo 256 ya referido.
Indudablemente que la norma se comprende como positiva, por tutelar el derecho que tienen las audiencias a una información plural, veraz y oportuna.

La aplicación de éstos extremos jurídicos corresponde al Instituto de Telecomunicaciones, órgano autónomo, constituido por siete comisionados designados por el Presidente de la República a propuesta de un comité de evaluación interinstitucional, bajo un procedimiento de concurso sancionado por dos instituciones educativas nacionales.

Hasta ahí todo muy bien. El problema es que el Comité de Evaluación lo conforman los titulares del Banco de México, el Instituto Nacional de Evaluación Educativa y el Instituto Nacional de Geografía y Estadística, organismos también teóricamente autónomos, pero que proceden de un procedimiento similar de designación entre técnico y político, que atraviesa por la propuesta de presidencia de la república.

El candado en la designación se encuentra en dicho comité, en el concurso de oposición, en la propuesta del Presidente y la ratificación de las dos terceras partes del Senado de la República. Esto debería ser suficiente para alejar cualquier posibilidad de aplicación política en la designación de los comisionados -a quienes les corresponde la aplicación de la ley- pero no es así.

Desafortunadamente, en un sistema presidencialista la tendencia es la concentración del poder y no su dispersión. El gobierno federal ha ampliado su poder en diversas materias, como lo son educación, seguridad, salud, por supuesto telecomunicaciones, que siempre ha sido de naturaleza "federal", es decir, correspondiente al gobierno federal, central.

Esto es positivo siempre y cuando verdaderamente funcionen los candados y las normas garantistas del derecho a la información, que fortalezcan el proceso de comunicación e información, y no sirvan para incrementar la concentración del poder, en donde un exceso de regulación -como el existente- sería una plataforma idónea para castigar a los enemigos políticos o disidentes en opinión e intereses, bajo la interpretación de términos que pueden ser tan concretos o tan vagos como se quiera, como es el pluralismo, la veracidad o la oportunidad de la información.

Pensando en un entramado político ficticio -¿o real?-, los comisionados procederían de una simulación de proceso de selección, mediante la distribución de cuotas o posiciones partidistas, con predominancia de presidencia de la república, con lo cual se tendría un Instituto Federal de Telecomunicaciones a modo, que aplique políticamente las directrices legales con un sentido de conservación del poder.

Ese es el riesgo latente, que esperemos sea ajeno al estado actual, porque facultades del señalado Instituto son tan amplias que van desde sanciones económicas hasta la suspensión o cancelación de concesiones de radio y televisión, que puede ser utilizado como estrategia de control político, ajeno a un estándar de organización democrática basada en la aplicación estricta del derecho.







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