El protocolo de protección para periodistas en situaciones de alto riesgo debe ser un documento vivo, en constante perfeccionamiento. No debe ser un texto pétreo, porque las condiciones en que se desenvuelve la actividad periodística es cambiante. Es cierto, debe ser casuístico, porque hay aéreas de riesgo que ya han sido determinadas. Pero no lo debe ser completamente, ya que debe contener recomendaciones permanentes de autoprotección.
El apartado casuístico tiene que ver con recomendaciones especificas para la publicación de información; artefactos explosivos; amenazas; atentado; secuestro; hostigamiento por parte de elementos de la fuerza pública; y, protestas y desorden civil.
Las recomendaciones generales se refieren a la conducta permanente, que sin importar la situación específica, debe asumir el periodista. En este sentido, la comisión técnica que redactó el Sistema Integral de Protección al Periodista del Estado de Chihuahua, realizó un esfuerzo excepcional de síntesis de documentos internacionales que ya tienen una práctica, como es el caso del Protocolo colombiano elaborado por la Fundación por la Libertad de Expresión.
Sin embargo el esquema de encontrar esos supuestos generales de conducta y posteriormente encontrar esos casos específicos, es un producto netamente chihuahuense, en busca de ofrecer una mayor didáctica en su comprensión e implementación. Al final de cuentas, el protocolo, como se dijo, debe abandonar cualquier pretensión estática, es decir, debe ser de aplicación cotidiana.
Otra cuestión. Se ha discutido que se recomienden medidas de autoprotección, porque con ellas, se sostuvo, el Estado abandona su responsabilidad de proteger al periodista. Creo que es errónea la apreciación, porque el periodista es corresponsable de su seguridad y por tal motivo debe asumir acciones de autoprotección.
El Estado podrá abandonar momentáneamente su papel protector hacia la prensa. Sin embargo, tarde que temprano habrá de percatarse que debe virar su política por la importancia que tiene, en una democracia, formar una opinión pública critica, a través de una prensa plural y diversificada.
Además, la experiencia internacional señala que de nada sirven políticas de Estado que protejan al periodista, si éste no asume acciones de autoprotección, donde la principal de ellas es el cuidado en aspectos éticos del manejo de la información.
Las recomendaciones generales que contiene el Protocolo de Chihuahua son un total de veintiocho. Le comparto una de ellas: Evite sustentar las noticias con fuentes anónimas.
Un periodismo imparcial y objetivo es un elemento sustancial de la autoprotección, en la comprensión de que el periodismo debe romper el paradigma de perfeccionar herramientas de cobertura y manejo.
martes, 31 de agosto de 2010
La ética, principal medida de autoprotección
lunes, 30 de agosto de 2010
Políticas públicas que favorecen al periodismo
En un principio se pensó en la elaboración de un protocolo de seguridad para periodistas en la cobertura de sucesos de alto riesgo. Sin embargo, el trabajo de la mesa técnica se embarcó en una tarea más amplia, pensando en la determinación de una serie de políticas de protección a la libre expresión de las ideas, que generaban obligación hacia autoridades y periodistas, en un compromiso de cara a la sociedad.
En este sentido se elaboraron tres procedimientos, el denominado “Protocolo de protección a periodistas en situaciones de alto riesgo”, el que contiene “Medidas cautelares” y el que se refiere al “Flujo de información”.
La discusión en relación con éste último tuvo que ver con una serie de cuestionamientos como es el caso de la resolución de conflictos entre los riesgos de una información y su difusión; la obligación del Estado, cualquiera que sea la autoridad, de privilegiar la máxima apertura de información, y en tercer lugar, la socialización de las políticas públicas en relación con la difusión y la información gubernamental, partiendo del derecho a y de la información que tiene la sociedad, y que ejerce, indirectamente, a través del quehacer periodístico.
Es evidente que la información gubernamental debe equilibrarse con el derecho a la información; debe existir un equilibrio, donde se evite poner en riesgo a las personas; debe, en suma, existir una ponderación entre el beneficio que se genera con la difusión de determinada nota y los riesgos que pudiesen provocarse con este acto.
Sin menoscabo de lo anterior, el Estado debe partir de la premisa de la máxima apertura de información, como política pública central de una administración que busca generar un control de sus actos con la formación de opinión pública crítica e informada. En este sentido no es suficiente con la garantía de acceso a la información, sino que ésta debe ser difundida de la manera más amplia posible, porque de lo contrario el dato sería patrimonio de un sector privilegiado y no de la más amplia comunidad.
Por último, la autoridad debe buscar socializar sus políticas públicas, como la oportunidad de debatir abiertamente su pertinencia. Al airearse suficientemente los asuntos públicos, la administración se genera la oportunidad de encontrar legitimación política, más allá de la legitimidad jurídica de sus actos.
Estos aspectos forman parte del procedimiento de flujo de información que se encuentra contenido en el Sistema Integral de Protección a Periodistas, que será rubricado próximamente por los tres poderes del Estado de Chihuahua y agrupaciones periodísticas, y que, posteriormente, será publicado en el periódico oficial del Estado.
El documento es, sin duda, un parte aguas nacional en la materia y un reto para el resto de las entidades federativas y el gobierno federal.
En este sentido se elaboraron tres procedimientos, el denominado “Protocolo de protección a periodistas en situaciones de alto riesgo”, el que contiene “Medidas cautelares” y el que se refiere al “Flujo de información”.
La discusión en relación con éste último tuvo que ver con una serie de cuestionamientos como es el caso de la resolución de conflictos entre los riesgos de una información y su difusión; la obligación del Estado, cualquiera que sea la autoridad, de privilegiar la máxima apertura de información, y en tercer lugar, la socialización de las políticas públicas en relación con la difusión y la información gubernamental, partiendo del derecho a y de la información que tiene la sociedad, y que ejerce, indirectamente, a través del quehacer periodístico.
Es evidente que la información gubernamental debe equilibrarse con el derecho a la información; debe existir un equilibrio, donde se evite poner en riesgo a las personas; debe, en suma, existir una ponderación entre el beneficio que se genera con la difusión de determinada nota y los riesgos que pudiesen provocarse con este acto.
Sin menoscabo de lo anterior, el Estado debe partir de la premisa de la máxima apertura de información, como política pública central de una administración que busca generar un control de sus actos con la formación de opinión pública crítica e informada. En este sentido no es suficiente con la garantía de acceso a la información, sino que ésta debe ser difundida de la manera más amplia posible, porque de lo contrario el dato sería patrimonio de un sector privilegiado y no de la más amplia comunidad.
Por último, la autoridad debe buscar socializar sus políticas públicas, como la oportunidad de debatir abiertamente su pertinencia. Al airearse suficientemente los asuntos públicos, la administración se genera la oportunidad de encontrar legitimación política, más allá de la legitimidad jurídica de sus actos.
Estos aspectos forman parte del procedimiento de flujo de información que se encuentra contenido en el Sistema Integral de Protección a Periodistas, que será rubricado próximamente por los tres poderes del Estado de Chihuahua y agrupaciones periodísticas, y que, posteriormente, será publicado en el periódico oficial del Estado.
El documento es, sin duda, un parte aguas nacional en la materia y un reto para el resto de las entidades federativas y el gobierno federal.
viernes, 27 de agosto de 2010
Políticas públicas de comunicación gubernamental
Muchas de las quejas que ha recibido la Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Chihuahua tienen que ver con violaciones que se cometen desde oficinas gubernamentales que niegan o maltratan a los comunicadores en sus solicitudes de información periodística.
Por ese motivo, al elaborar en mesa técnica los denominados “Principios generales”, una de las primeras propuestas tenía que ver con la inclusión de un procedimiento que regulara, al menos en términos generales, el flujo de información gubernamental periodística.
Es cierto que ya existe un método denominado acceso a la información pública gubernamental, solo que se convertiría en un embudo burocrático en el exceso de que se le considerase el único mecanismo para obtener noticias.
Debe reconocerse que actualmente el acceso a la información pública ocupa un papel secundario en la labor periodística y que son las entrevistas de banqueta, las telefónicas, las ruedas de prensa, entre otras, las estrategias para obtener la nota diaria por parte de los colegas, una información que no admite demoras por la velocidad de los medios electrónicos, digitales e impresos.
El mencionado procedimiento de “Flujo de información”, establece que en todo momento la autoridad está obligada a actuar con cortesía y respeto a los periodistas, atendiéndolos en sus solicitudes de información.
Además, a que dara aviso a los medios de comunicación o reporteros tan pronto como se tenga conocimiento de algún incidente o situación y a proporcionar información de los sucesos de manera permanente.
En este sentido, se considera que, independientemente del envío de comunicados, la autoridad propiciara entrevistas con la finalidad de atender cuestionamientos.
Siempre, dice el documento, las áreas de comunicación deben privilegiar la máxima apertura de la información equilibrándolas en lo posible con la protección de las investigaciones.
Y en un asunto novedoso a inédito, se plantea el imperativo de que las políticas de comunicación social sean establecidas tomando en cuenta las observaciones de los periodistas y en caso de alguna modificación deberá informarse a los representantes de los diferentes medios de comunicación. Las políticas de comunicación social deberán estar establecidas y difundidas por escrito, como una medida de transparencia y rendición de cuentas.
Es cierto, habrá seguramente suspicacias acerca de la viabilidad de las medidas. No se trata de sujetar a la autoridad administrativa a una camisa de fuerza. Al final de cuentas, es potestad de la misma establecer las políticas de comunicación social.
Lo que se busca es encontrar un mecanismo de participación social en la definición de las políticas, en una retroalimentación que habrá de resultar benéfica para el ejercicio gubernamental.
Además, debe considerarse que el establecimiento de políticas públicas de comunicación por escrito, difundidas ampliamente, permitirán al mismo aparato de gobierno sintonizarse en su aplicación y autoregularse en el cumplimiento de las mismas.
La mesa técnica resistió la tentación de establecer un procedimiento técnico detallado y meticuloso que, ese sí, hubiera resultado una atadura para la función pública en el área de comunicación social, disponiendo en su lugar de una serie de políticas públicas acordes a los más recientes postulados internacionales.
Por ese motivo, al elaborar en mesa técnica los denominados “Principios generales”, una de las primeras propuestas tenía que ver con la inclusión de un procedimiento que regulara, al menos en términos generales, el flujo de información gubernamental periodística.
Es cierto que ya existe un método denominado acceso a la información pública gubernamental, solo que se convertiría en un embudo burocrático en el exceso de que se le considerase el único mecanismo para obtener noticias.
Debe reconocerse que actualmente el acceso a la información pública ocupa un papel secundario en la labor periodística y que son las entrevistas de banqueta, las telefónicas, las ruedas de prensa, entre otras, las estrategias para obtener la nota diaria por parte de los colegas, una información que no admite demoras por la velocidad de los medios electrónicos, digitales e impresos.
El mencionado procedimiento de “Flujo de información”, establece que en todo momento la autoridad está obligada a actuar con cortesía y respeto a los periodistas, atendiéndolos en sus solicitudes de información.
Además, a que dara aviso a los medios de comunicación o reporteros tan pronto como se tenga conocimiento de algún incidente o situación y a proporcionar información de los sucesos de manera permanente.
En este sentido, se considera que, independientemente del envío de comunicados, la autoridad propiciara entrevistas con la finalidad de atender cuestionamientos.
Siempre, dice el documento, las áreas de comunicación deben privilegiar la máxima apertura de la información equilibrándolas en lo posible con la protección de las investigaciones.
Y en un asunto novedoso a inédito, se plantea el imperativo de que las políticas de comunicación social sean establecidas tomando en cuenta las observaciones de los periodistas y en caso de alguna modificación deberá informarse a los representantes de los diferentes medios de comunicación. Las políticas de comunicación social deberán estar establecidas y difundidas por escrito, como una medida de transparencia y rendición de cuentas.
Es cierto, habrá seguramente suspicacias acerca de la viabilidad de las medidas. No se trata de sujetar a la autoridad administrativa a una camisa de fuerza. Al final de cuentas, es potestad de la misma establecer las políticas de comunicación social.
Lo que se busca es encontrar un mecanismo de participación social en la definición de las políticas, en una retroalimentación que habrá de resultar benéfica para el ejercicio gubernamental.
Además, debe considerarse que el establecimiento de políticas públicas de comunicación por escrito, difundidas ampliamente, permitirán al mismo aparato de gobierno sintonizarse en su aplicación y autoregularse en el cumplimiento de las mismas.
La mesa técnica resistió la tentación de establecer un procedimiento técnico detallado y meticuloso que, ese sí, hubiera resultado una atadura para la función pública en el área de comunicación social, disponiendo en su lugar de una serie de políticas públicas acordes a los más recientes postulados internacionales.
jueves, 26 de agosto de 2010
Principios idóneos de libertad de expresión
Parte esencial del Sistema Integral de Protección para Periodistas del Estado de Chihuahua es la inclusión de principios generales que constituyen el planteamiento angular de políticas públicas y acciones de autoprotección por parte de periodistas y medios de comunicación.
Pero además, los denominados principios generales marcan el derrotero de la línea de trabajo de la comisión técnica en busca de concretar en cada uno de ellos un procedimiento que aterrice en lo práctico sus postulados.
Es valioso que existan estos principios, como postulados generales, y hayan quedado plasmados en un documento, pero es más importante que sean desarrollados en un ABC procedimental para su aplicación puntual, aún y cuando en el caso de las empresas y los periodistas solo sean de coerción moral.
Tres de estos principios ya han sido llevados al desarrollo practico, los que tienen que ver con el protocolo de protección, flujo de información y medidas cautelares, pero el resto deberán esperar el trabajo conjunto y horizontal de los próximos meses, en busca de concretar un sistema único, no solo a nivel estatal, sino nacional y latinoamericano.
Por su importancia, debo transcribir textualmente los principios generales. En ellos, al Estado corresponde permitir el acceso y proporcionar a todos los medios de comunicación información oportuna y veraz en condiciones de igualdad; coadyuvar en la profesionalización y actualización continua de los periodistas; instrumentar y operar un procedimiento inmediato para salvaguardar a periodistas amenazados; prevenir las agresiones contra periodistas; investigar toda agresión a periodistas en forma inmediata y eficaz; rendir cuentas sobre las investigaciones y resoluciones relacionadas con agresiones a periodistas, dándoles la más amplia difusión; y por último, implementar los mecanismos adecuados para supervisar de manera eficaz al personal a su servicio.
En cuanto al periodista y medios de comunicación, corresponde, desde el punto de vista moral y ético, buscar y transmitir la información de manera ética; capacitarse de manera continua; no ser objeto en ningún momento de agresiones o represalias, interferencias, presiones directas o indirectas al recabar y publicar información: en todo momento será protegido por el Estado; denunciar las agresiones de que sea objeto con motivo de su actividad profesional; desplegar acciones de solidaridad ante agresiones; contar con el equipo adecuado para el desempeño de sus funciones; identificarse en el desempeño de su actividad profesional; y adoptar políticas editoriales de autoprotección al manejar información de riesgo.
El decimo sexto principio acomoda como obligación, lo mismo para la autoridad, como para el periodista y la sociedad entera. Reza: en todo momento deberá respetarse el secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista. Estas, indudablemente, representan bases elementales de un auténtico periodismo.
Los principios generales del Sistema Integral de Protección al Periodista deben constituir política pública de aplicación inmediata, en tanto se firma el Pacto por la libertad de expresión, donde participarán autoridades, encabezadas por el gobernador José Reyes Baeza Terrazas, organizaciones periodísticas y sociedad, en busca de no solo proteger sino ampliar la dimensión de la discusión pública, con un sentido crítico, pero constructivo, y sólidamente argumentativo. Ese es el periodismo que demanda nuestra comunidad.
Pero además, los denominados principios generales marcan el derrotero de la línea de trabajo de la comisión técnica en busca de concretar en cada uno de ellos un procedimiento que aterrice en lo práctico sus postulados.
Es valioso que existan estos principios, como postulados generales, y hayan quedado plasmados en un documento, pero es más importante que sean desarrollados en un ABC procedimental para su aplicación puntual, aún y cuando en el caso de las empresas y los periodistas solo sean de coerción moral.
Tres de estos principios ya han sido llevados al desarrollo practico, los que tienen que ver con el protocolo de protección, flujo de información y medidas cautelares, pero el resto deberán esperar el trabajo conjunto y horizontal de los próximos meses, en busca de concretar un sistema único, no solo a nivel estatal, sino nacional y latinoamericano.
Por su importancia, debo transcribir textualmente los principios generales. En ellos, al Estado corresponde permitir el acceso y proporcionar a todos los medios de comunicación información oportuna y veraz en condiciones de igualdad; coadyuvar en la profesionalización y actualización continua de los periodistas; instrumentar y operar un procedimiento inmediato para salvaguardar a periodistas amenazados; prevenir las agresiones contra periodistas; investigar toda agresión a periodistas en forma inmediata y eficaz; rendir cuentas sobre las investigaciones y resoluciones relacionadas con agresiones a periodistas, dándoles la más amplia difusión; y por último, implementar los mecanismos adecuados para supervisar de manera eficaz al personal a su servicio.
En cuanto al periodista y medios de comunicación, corresponde, desde el punto de vista moral y ético, buscar y transmitir la información de manera ética; capacitarse de manera continua; no ser objeto en ningún momento de agresiones o represalias, interferencias, presiones directas o indirectas al recabar y publicar información: en todo momento será protegido por el Estado; denunciar las agresiones de que sea objeto con motivo de su actividad profesional; desplegar acciones de solidaridad ante agresiones; contar con el equipo adecuado para el desempeño de sus funciones; identificarse en el desempeño de su actividad profesional; y adoptar políticas editoriales de autoprotección al manejar información de riesgo.
El decimo sexto principio acomoda como obligación, lo mismo para la autoridad, como para el periodista y la sociedad entera. Reza: en todo momento deberá respetarse el secreto profesional y la cláusula de conciencia del periodista. Estas, indudablemente, representan bases elementales de un auténtico periodismo.
Los principios generales del Sistema Integral de Protección al Periodista deben constituir política pública de aplicación inmediata, en tanto se firma el Pacto por la libertad de expresión, donde participarán autoridades, encabezadas por el gobernador José Reyes Baeza Terrazas, organizaciones periodísticas y sociedad, en busca de no solo proteger sino ampliar la dimensión de la discusión pública, con un sentido crítico, pero constructivo, y sólidamente argumentativo. Ese es el periodismo que demanda nuestra comunidad.
miércoles, 25 de agosto de 2010
Un acuerdo por la libertad de expresión
¿Qué debe ocurrir con el contenido material del documento denominado Sistema Integral de Protección para Periodistas del Estado de Chihuahua?
Esto es, ¿Qué apartados deben formar parte de recomendaciones con obligatoriedad moral y cuales deben constituir políticas públicas, materializadas a través de normas legislativas o acuerdos administrativos?
En principio debe partirse del postulado, recordado recientemente por el relator de la ONU, Frank La Rue, de que el periodismo es una profesión sin regulación heterónoma, característica donde encuentra su principal riqueza, al basarse en mecanismos de auto-regulación de tipo ético y técnico.
De esta manera, a lo largo del sistema planteado se señalan diversas recomendaciones de prevención, autoprotección y protección, que para los periodistas constituyen obligaciones de tipo moral.
Por ejemplo, ¿Qué hacer ante un editor que viola principios éticos en el manejo de información que ha proporcionado un periodista bajo su autoría y que coloca a éste en riesgo de perder la vida? Realmente nada. No hay un procedimiento jurídico sancionatorio. Establecerlo sería abrir la puerta a una persecución judicial. Existe, entonces, una responsabilidad moral simplemente.
El contenido del Sistema es luego entonces de auto-aplicación ética por lo que hace a los periodistas. Pero no es el mismo tratamiento por lo que corresponde a las autoridades. Al menos esa es la intención del documento.
Se busca que el contenido obligue a la autoridad en el respeto a la actividad periodística. Pero aún más allá: que se desplieguen acciones de protección para los periodistas, incluso de oficio en algunos casos, por parte de los servidores públicos estatales y municipales.
En este sentido, no es suficiente con que haya obligación de desplegar ciertas conductas preventivas y protectoras, sino que es necesario convertirlas en programas administrativos, y en algunos casos, elevarlos a rango de ley, con el fin de institucionalizar su aplicación, dotándolos de permanencia y generalidad.
Lo ideal es que el Sistema Integral de Protección a Periodistas, en sus apartados relativos a “Declaración de principios” forme parte de una Ley Estatal de Protección a Periodistas, con dos apartados adicionales, el “Procedimiento de flujo de información” y el “Procedimiento cautelar de protección”, con una adición a la Constitución Política del Estado de Chihuahua, en su numeral cuarto, donde podría decir, contundente, que “En Chihuahua se asumirán políticas públicas para proteger a los periodistas”.
Podrá debatirse –y probablemente con cierta razón- acerca de cuál es el esquema material constitucional o legal más adecuado para patentizar esta voluntad protectora del periodismo. Lo que es cierto e indudable es que el mejor método de permanencia es la generación de normas, y con las descritas, chihuahua daría un paso, uno más, hacia delante en la materia.
Esto es, ¿Qué apartados deben formar parte de recomendaciones con obligatoriedad moral y cuales deben constituir políticas públicas, materializadas a través de normas legislativas o acuerdos administrativos?
En principio debe partirse del postulado, recordado recientemente por el relator de la ONU, Frank La Rue, de que el periodismo es una profesión sin regulación heterónoma, característica donde encuentra su principal riqueza, al basarse en mecanismos de auto-regulación de tipo ético y técnico.
De esta manera, a lo largo del sistema planteado se señalan diversas recomendaciones de prevención, autoprotección y protección, que para los periodistas constituyen obligaciones de tipo moral.
Por ejemplo, ¿Qué hacer ante un editor que viola principios éticos en el manejo de información que ha proporcionado un periodista bajo su autoría y que coloca a éste en riesgo de perder la vida? Realmente nada. No hay un procedimiento jurídico sancionatorio. Establecerlo sería abrir la puerta a una persecución judicial. Existe, entonces, una responsabilidad moral simplemente.
El contenido del Sistema es luego entonces de auto-aplicación ética por lo que hace a los periodistas. Pero no es el mismo tratamiento por lo que corresponde a las autoridades. Al menos esa es la intención del documento.
Se busca que el contenido obligue a la autoridad en el respeto a la actividad periodística. Pero aún más allá: que se desplieguen acciones de protección para los periodistas, incluso de oficio en algunos casos, por parte de los servidores públicos estatales y municipales.
En este sentido, no es suficiente con que haya obligación de desplegar ciertas conductas preventivas y protectoras, sino que es necesario convertirlas en programas administrativos, y en algunos casos, elevarlos a rango de ley, con el fin de institucionalizar su aplicación, dotándolos de permanencia y generalidad.
Lo ideal es que el Sistema Integral de Protección a Periodistas, en sus apartados relativos a “Declaración de principios” forme parte de una Ley Estatal de Protección a Periodistas, con dos apartados adicionales, el “Procedimiento de flujo de información” y el “Procedimiento cautelar de protección”, con una adición a la Constitución Política del Estado de Chihuahua, en su numeral cuarto, donde podría decir, contundente, que “En Chihuahua se asumirán políticas públicas para proteger a los periodistas”.
Podrá debatirse –y probablemente con cierta razón- acerca de cuál es el esquema material constitucional o legal más adecuado para patentizar esta voluntad protectora del periodismo. Lo que es cierto e indudable es que el mejor método de permanencia es la generación de normas, y con las descritas, chihuahua daría un paso, uno más, hacia delante en la materia.
martes, 24 de agosto de 2010
Protección sin restricciones
La mesa técnica donde participan el Foro de Periodistas de Chihuahua, el Instituto Internacional de Periodismo y Comunicación Política, el Colegio de Periodistas "José Vasconcelos" y la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, así como diversas organizaciones periodísticas, coordinadas por la Comisión Estatal de Derechos Humanos, concluyó sus trabajos y emitió el documento final que contiene el primer sistema integral de seguridad para periodistas del país.
La resolución, construida en un plano horizontal, interinstitucional y bajo estrictos parámetros internacionales, tomados fundamentalmente del Protocolo de seguridad para periodistas elaborado por la Fundación por la Libertad de Prensa de Colombia, constituye un hecho inédito, dejando muy a la zaga a la secretaria de gobernación federal y la comisión nacional de derechos humanos que tienen proyectos reservados bajo llave, y que solo han sido mostrados a pocos actores nacionales.
Por el contrario, el Sistema Integral de seguridad para periodistas ha sido socializado a nivel local, nacional e internacional, de acuerdo a un plan establecido desde las primeras sesiones de la mesa técnica, en busca de encontrar planteamientos que pudiesen constituir elementos restrictivos de la libre expresión de las ideas.
La Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos encontró que el protocolo colombiano mostraba dos restricciones que por ningún motivo podrían constituir el sistema chihuahuense: la previa denuncia e identificación del periodista. Se agregó a estos elementos restrictivos el planteamiento de la agrupación artículo 19 referente a un formulario previo.
La tendencia es hacer del procedimiento sumario y cautelar de protección, como su denominación lo indica, una herramienta inmediata y eficaz: la identificación, la previa denuncia y el formulario son conceptos burocráticos que acentúan el grado de riesgo que en algún momento puede colocarse al periodista amenazado.
El sistema de protección chihuahuense considera que dichos requisitos pueden ser colmados en forma posterior a las medidas cautelares, que serán definidas por un grupo técnico, compuesto por especialistas de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y la Procuraduría General de Justicia en el Estado de Chihuahua, supervisados por un Comité Técnico que se reunirá periódicamente para revisar la proporcionalidad y el alcance de las medidas cautelares.
Como se observa, no es suficiente con crear los instrumentos de protección de los periodistas, sino que es necesario cuidar su diseño e implementación. El Comité de Reglamentación y Riesgo colombiano se obstruyó merced a su composición demasiado amplia y plural, que devino en una inmovilidad.
En chihuahua se plantea un órgano técnico que dictamina las medidas cautelares de manera inmediata, con revisión por parte de un órgano técnico-político, integrado por representantes de autoridades policiacas, la Comisión Estatal de Derechos Humanos y organizaciones periodísticas, que se rotan de acuerdo a un calendario.
Es cierto: ahí están los instrumentos creados conforme a criterios internacionales de máxima protección a la libertad de expresión, tratando de eliminar restricciones de cualquier tipo. Falta el acuerdo final entre autoridades y periodistas, que se debe dar en los próximos días, y, posteriormente, su real aceptación, que no es otra cosa que su aceptación y aplicación en la práctica.
La resolución, construida en un plano horizontal, interinstitucional y bajo estrictos parámetros internacionales, tomados fundamentalmente del Protocolo de seguridad para periodistas elaborado por la Fundación por la Libertad de Prensa de Colombia, constituye un hecho inédito, dejando muy a la zaga a la secretaria de gobernación federal y la comisión nacional de derechos humanos que tienen proyectos reservados bajo llave, y que solo han sido mostrados a pocos actores nacionales.
Por el contrario, el Sistema Integral de seguridad para periodistas ha sido socializado a nivel local, nacional e internacional, de acuerdo a un plan establecido desde las primeras sesiones de la mesa técnica, en busca de encontrar planteamientos que pudiesen constituir elementos restrictivos de la libre expresión de las ideas.
La Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos encontró que el protocolo colombiano mostraba dos restricciones que por ningún motivo podrían constituir el sistema chihuahuense: la previa denuncia e identificación del periodista. Se agregó a estos elementos restrictivos el planteamiento de la agrupación artículo 19 referente a un formulario previo.
La tendencia es hacer del procedimiento sumario y cautelar de protección, como su denominación lo indica, una herramienta inmediata y eficaz: la identificación, la previa denuncia y el formulario son conceptos burocráticos que acentúan el grado de riesgo que en algún momento puede colocarse al periodista amenazado.
El sistema de protección chihuahuense considera que dichos requisitos pueden ser colmados en forma posterior a las medidas cautelares, que serán definidas por un grupo técnico, compuesto por especialistas de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos y la Procuraduría General de Justicia en el Estado de Chihuahua, supervisados por un Comité Técnico que se reunirá periódicamente para revisar la proporcionalidad y el alcance de las medidas cautelares.
Como se observa, no es suficiente con crear los instrumentos de protección de los periodistas, sino que es necesario cuidar su diseño e implementación. El Comité de Reglamentación y Riesgo colombiano se obstruyó merced a su composición demasiado amplia y plural, que devino en una inmovilidad.
En chihuahua se plantea un órgano técnico que dictamina las medidas cautelares de manera inmediata, con revisión por parte de un órgano técnico-político, integrado por representantes de autoridades policiacas, la Comisión Estatal de Derechos Humanos y organizaciones periodísticas, que se rotan de acuerdo a un calendario.
Es cierto: ahí están los instrumentos creados conforme a criterios internacionales de máxima protección a la libertad de expresión, tratando de eliminar restricciones de cualquier tipo. Falta el acuerdo final entre autoridades y periodistas, que se debe dar en los próximos días, y, posteriormente, su real aceptación, que no es otra cosa que su aceptación y aplicación en la práctica.
lunes, 23 de agosto de 2010
Mexicana
El fin de semana realice un vuelo a través de la empresa aérea más antigua del país. No tuve ningún problema, todo salió conforme a itinerario.
Comprar el boleto fue una experiencia interesante porque la compañía de viajes se negaba a vender por esa línea, como una medida de precaución ante la crisis que aún hoy persiste por la quiebra declarada recientemente.
El anuncio de la intervención de un grupo de inversionistas mexicanos para adquirir el noventa y cinco por ciento de las acciones de Mexicana, Mexicana Click y Mexicana Link, dejando el resto en manos del sindicato de pilotos, debe ser aplaudido, sin embargo el asunto marca diversas aristas que no hay que perder de vista.
Primero, ¿hasta dónde el gobierno de la república debió intervenir materialmente a la empresa para garantizar a los usuarios del servicio la prestación del mismo sin contratiempos? Es difícil responder. Indudablemente la hubo en una fase preventiva, por lo que hace al cumplimiento de compromisos, pero la decisión de ser solo puntual observador y permitir a la empresa encontrar una solución envía un mensaje de confianza. Obvio es pensar que hubo una intervención tácita de las áreas responsables de regular el sector, aún y cuando poca información se tiene al respecto. Una posición distinta indudablemente habría sido una irresponsabilidad por parte de la administración pública federal. En el caso no hubo consecuencias graves que lamentar, salvo unas pocas suspensiones de vuelos, ¿y si no hubiera sido así? Para muestra solo hay que recordar el caso aerocalifornia.
Segundo, en el concurso mercantil hay intervención de la autoridad para revisar el cumplimiento de compromisos por parte de la empresa, revisando –se supone- la liquidación de la misma, para proteger el interés público de la sociedad, como es el caso de los derechos y garantías de los trabajadores. Ahora con la venta es claro que la intervención no debe cesar sino permanecer en esas dos vertientes, por un lado el concurso y por el otro la transmisión de derechos y obligaciones entre los empresarios.
Tercero, a nadie cabe duda de la necesidad de una adecuada intervención de la autoridad, no solo por la importancia de la empresa en número de empleados, sino porque el uso del espacio aéreo deriva de una autorización especial del Estado Mexicano y por lo mismo, su actividad debe ser severamente regulada.
Cuarto, un fracaso de una compañía aérea que realmente pelea el mercado nacional con el líder Aeroméxico redundaría en un ataque directo a la competencia y con ello, propiciaría un ahondamiento en el monopolio del comercio aeronáutico para pasajeros y carga, con una consecuencia directa en los precios.
Quinto, debe revisarse hasta donde es positivo que los trabajadores, bueno no todos, solo los pilotos, sean propietarios, aunque sea de una pequeña porción, de la empresa, tomando en cuenta que existe claramente un conflicto de intereses obrero-patronal.
Finalmente, la participación de capital mexicano es relevante en el rescate de una empresa también netamente mexicana, en un mundo globalizado donde el capital trasnacional predomina, en una suerte de expansionismo económico que subyuga y exprime la riqueza de las naciones.
Por todo esto, debe aplaudirse el rescate de mexicana, sin dejar de lado sus diversas aristas, principalmente el cuidado que el sector gubernamental rector debe tener en forma permanente en el proceso conclusivo de la crisis que aún envuelve a la primera empresa aeronáutica de nuestro país.
Comprar el boleto fue una experiencia interesante porque la compañía de viajes se negaba a vender por esa línea, como una medida de precaución ante la crisis que aún hoy persiste por la quiebra declarada recientemente.
El anuncio de la intervención de un grupo de inversionistas mexicanos para adquirir el noventa y cinco por ciento de las acciones de Mexicana, Mexicana Click y Mexicana Link, dejando el resto en manos del sindicato de pilotos, debe ser aplaudido, sin embargo el asunto marca diversas aristas que no hay que perder de vista.
Primero, ¿hasta dónde el gobierno de la república debió intervenir materialmente a la empresa para garantizar a los usuarios del servicio la prestación del mismo sin contratiempos? Es difícil responder. Indudablemente la hubo en una fase preventiva, por lo que hace al cumplimiento de compromisos, pero la decisión de ser solo puntual observador y permitir a la empresa encontrar una solución envía un mensaje de confianza. Obvio es pensar que hubo una intervención tácita de las áreas responsables de regular el sector, aún y cuando poca información se tiene al respecto. Una posición distinta indudablemente habría sido una irresponsabilidad por parte de la administración pública federal. En el caso no hubo consecuencias graves que lamentar, salvo unas pocas suspensiones de vuelos, ¿y si no hubiera sido así? Para muestra solo hay que recordar el caso aerocalifornia.
Segundo, en el concurso mercantil hay intervención de la autoridad para revisar el cumplimiento de compromisos por parte de la empresa, revisando –se supone- la liquidación de la misma, para proteger el interés público de la sociedad, como es el caso de los derechos y garantías de los trabajadores. Ahora con la venta es claro que la intervención no debe cesar sino permanecer en esas dos vertientes, por un lado el concurso y por el otro la transmisión de derechos y obligaciones entre los empresarios.
Tercero, a nadie cabe duda de la necesidad de una adecuada intervención de la autoridad, no solo por la importancia de la empresa en número de empleados, sino porque el uso del espacio aéreo deriva de una autorización especial del Estado Mexicano y por lo mismo, su actividad debe ser severamente regulada.
Cuarto, un fracaso de una compañía aérea que realmente pelea el mercado nacional con el líder Aeroméxico redundaría en un ataque directo a la competencia y con ello, propiciaría un ahondamiento en el monopolio del comercio aeronáutico para pasajeros y carga, con una consecuencia directa en los precios.
Quinto, debe revisarse hasta donde es positivo que los trabajadores, bueno no todos, solo los pilotos, sean propietarios, aunque sea de una pequeña porción, de la empresa, tomando en cuenta que existe claramente un conflicto de intereses obrero-patronal.
Finalmente, la participación de capital mexicano es relevante en el rescate de una empresa también netamente mexicana, en un mundo globalizado donde el capital trasnacional predomina, en una suerte de expansionismo económico que subyuga y exprime la riqueza de las naciones.
Por todo esto, debe aplaudirse el rescate de mexicana, sin dejar de lado sus diversas aristas, principalmente el cuidado que el sector gubernamental rector debe tener en forma permanente en el proceso conclusivo de la crisis que aún envuelve a la primera empresa aeronáutica de nuestro país.
martes, 17 de agosto de 2010
Naturaleza y tolerancia
La determinación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al considerar constitucional las bodas entre parejas del mismo sexo y su posibilidad de adoptar, es insuficiente y deficiente: demuestra un cariz superficial y estrictamente positivista en el análisis jurídico: una interpretación restrictiva, lamentable para un órgano de control del Estado Mexicano.
Establece el iusnaturalismo – de acuerdo a Wikipedia- que existen, por encima de las leyes creadas por el hombre, ciertos principios de derecho natural.
Estos principios de moralidad son inmutables y eternos, contrariamente a las leyes humanas que pueden cambiar de una comunidad a otra y de tiempo en tiempo.
Las leyes humanas que se encargan de regular los asuntos más elevados o importantes de la comunidad deben estar de acuerdo con los principios del derecho natural. En consecuencia, la validez jurídica de las leyes humanas depende necesariamente de lo establecido en tales principios.
No se pueden, entonces, crear normas que violenten ese estado natural de las cosas, porque se atenta en contra de principios fundamentales, uno de ellos es la unión entre parejas de distinto sexo, autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Es cierto, el matrimonio tiene como finalidad, no solo la procreación, sino establecer relaciones de seguridad y reciprocidad entre los contrayentes.
Sin embargo, la naturaleza ha determinado un sexo a cada ser, con variadas y distintas excepciones, no solo en el ser humano, sino en plantas y animales. Pero es la excepción y no la regla. Por lo general el ser es heterosexual, es una especie de defensa en pro de la conservación de las especies.
¿Cómo podría un homosexual adoptar si no existieron antes dos seres heterosexuales que procrearon?
Además, la regla general es el contacto sexual por la vía idónea, debido a condiciones fisiológicas adecuadas y naturales: lo anti natura deviene en un uso contrario.
Es cierto: se impone la tolerancia a las minorías que han optado por un uso distinto de su capacidad sexual, pero el hecho de que existan no significa violentar el orden natural de las cosas, garantizado por el marco jurídico vigente.
El análisis jusnaturalista, al parecer, estuvo ausente de la valoración de la corte. Seguramente no se estimó necesario acudir a él, remitiéndose exclusivamente al estudio constitucional de la controversia.
Al ser deficiente el estudio, por el momento, jamás podremos conocer el sentido de una resolución que buscará reconciliar a la naturaleza con el derecho en una materia tan delicada y trascendente. Dígame Usted si no: nada menos es el destino de la humanidad, su procreación perenne y permanente, garantizada por el orden y disposición natural de las cosas.
Establece el iusnaturalismo – de acuerdo a Wikipedia- que existen, por encima de las leyes creadas por el hombre, ciertos principios de derecho natural.
Estos principios de moralidad son inmutables y eternos, contrariamente a las leyes humanas que pueden cambiar de una comunidad a otra y de tiempo en tiempo.
Las leyes humanas que se encargan de regular los asuntos más elevados o importantes de la comunidad deben estar de acuerdo con los principios del derecho natural. En consecuencia, la validez jurídica de las leyes humanas depende necesariamente de lo establecido en tales principios.
No se pueden, entonces, crear normas que violenten ese estado natural de las cosas, porque se atenta en contra de principios fundamentales, uno de ellos es la unión entre parejas de distinto sexo, autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Es cierto, el matrimonio tiene como finalidad, no solo la procreación, sino establecer relaciones de seguridad y reciprocidad entre los contrayentes.
Sin embargo, la naturaleza ha determinado un sexo a cada ser, con variadas y distintas excepciones, no solo en el ser humano, sino en plantas y animales. Pero es la excepción y no la regla. Por lo general el ser es heterosexual, es una especie de defensa en pro de la conservación de las especies.
¿Cómo podría un homosexual adoptar si no existieron antes dos seres heterosexuales que procrearon?
Además, la regla general es el contacto sexual por la vía idónea, debido a condiciones fisiológicas adecuadas y naturales: lo anti natura deviene en un uso contrario.
Es cierto: se impone la tolerancia a las minorías que han optado por un uso distinto de su capacidad sexual, pero el hecho de que existan no significa violentar el orden natural de las cosas, garantizado por el marco jurídico vigente.
El análisis jusnaturalista, al parecer, estuvo ausente de la valoración de la corte. Seguramente no se estimó necesario acudir a él, remitiéndose exclusivamente al estudio constitucional de la controversia.
Al ser deficiente el estudio, por el momento, jamás podremos conocer el sentido de una resolución que buscará reconciliar a la naturaleza con el derecho en una materia tan delicada y trascendente. Dígame Usted si no: nada menos es el destino de la humanidad, su procreación perenne y permanente, garantizada por el orden y disposición natural de las cosas.
viernes, 6 de agosto de 2010
Ojalá haya comprendido…
El discurso y el evento donde el presidente Calderón ofreció protección a la labor periodística tienen una serie de lecturas harto interesantes. Es, sin duda, un suceso que hay que guardar en la memoria por sus mensajes expresos y tácitos.
Primero, mal que el señor presidente exija acciones a los periodistas, por dos razones: se le olvida que es el titular del poder ejecutivo en un sistema presidencial y que sus palabras tienen un sentido imperativo, son un acto de poder, y por tal motivo, devienen en un intento de censura a los medios de comunicación y a los periodistas: nadie le ha dicho en su círculo cercano que el periodismo, en un sistema democrático, funciona en cuanto se autoregula, porque de ahí surge su carácter imparcial e independiente. No digo que los puntos señalados por el mandatario sean en el fondo incorrectos. No. El problema es que su señalamiento es una torpeza política y envía un mensaje inadecuado. Black Mora no ha hecho su trabajo aún.
La otra razón es que se le olvida que el Estado tiene la obligación de revisar a posteriori contenidos y hacer observaciones e incluso, aplicar sanciones, a las televisoras y a las radiodifusoras, conforme a diversas normas aplicables, solo que ha sido omiso. ¿Por qué? Porque sabe que un acto de esta naturaleza se convierte en censura y esta consciente que es preferible aceptar excesos en un marco de libertades, que restringirlas. Por eso su discurso mismo es un exceso, tolerable en particulares, pero imperdonable en un servidor público, más cuando se trata del primer mandatario.
Segundo, se le olvida que desde hace varios años tiene en su escritorio diversas propuestas de avanzada para proteger a los periodistas, elaboradas tanto por la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos y la Federación Latinoamericana de Periodistas. Fernando Gomez Mont siempre fue un obstáculo para avanzar pese a los encuentros sostenidos. Gomez Mont, como ahora el Presidente, prefieren señalar errores que aceptarlos y anunciar, con sentido de Estado, acciones concretas.
Ahora, es probable que el inquilino de Bucarelli haya guardado en el cajón las propuestas y que Calderón sea ajeno a ellas. Bueno, en ese caso, se las volvemos a decir: ley de seguridad social, comité de riesgo, protocolo de seguridad, clausula de conciencia, secreto profesional, reforma al procedimiento de transparencia y al concepto de reserva y confidencialidad, ley de publicidad oficial, subprocuraduría de protección a periodistas, Comisión ordinaria y no especial en cámara de diputados para dar seguimiento a agresiones a periodistas, por señalar las más relevantes.
Tercero, ¿Por qué reunirse solo con las grandes empresas e ignorar a las asociaciones de periodistas y a quienes practican diariamente la actividad? Indudablemente, porque es mas cómodo. El señor presidente entiende al periodismo como una actividad mercantil, por eso se reúne con los dueños de los medios. Y no está mal. Una solución a largo plazo camina por las empresas, pero no solamente. Tiene que comprender a los colegas y a la sociedad misma, que es la beneficiaria de un periodismo eficiente. El problema es que el mensaje es inadecuado, vertical, impositivo y, fundamentalmente por un interés político.
Ojalá me equivoque, y el dialogo del señor presidente con los directivos de medios sea el inicio de una nueva relación.
Ojalá pronto las asociaciones seamos invitados al dialogo, pero más que todo, ojalá se abran los conductos para avanzar en la agenda legislativa urgente.
Ojalá alguien le diga al señor presidente que en su sexenio matan a un periodista por mes.
Ojalá porque la resistencia a las reformas indica una ruta distinta. Es más, es grave pero hay que señalarlo: sus acciones indican otra cosa, para muestra un botón: la iniciativa para regular replica otorgando a secretaría de gobernación la potestad de sancionar a medios es un retroceso brutal: un órgano político persiguiendo medios. ¿Qué sigue: aplicar a rajatabla la cuestionada y caduca ley de imprenta como ocurrió recientemente en Guanajuato?
Ojalá el señor presidente haya comprendido. Ojalá.
Primero, mal que el señor presidente exija acciones a los periodistas, por dos razones: se le olvida que es el titular del poder ejecutivo en un sistema presidencial y que sus palabras tienen un sentido imperativo, son un acto de poder, y por tal motivo, devienen en un intento de censura a los medios de comunicación y a los periodistas: nadie le ha dicho en su círculo cercano que el periodismo, en un sistema democrático, funciona en cuanto se autoregula, porque de ahí surge su carácter imparcial e independiente. No digo que los puntos señalados por el mandatario sean en el fondo incorrectos. No. El problema es que su señalamiento es una torpeza política y envía un mensaje inadecuado. Black Mora no ha hecho su trabajo aún.
La otra razón es que se le olvida que el Estado tiene la obligación de revisar a posteriori contenidos y hacer observaciones e incluso, aplicar sanciones, a las televisoras y a las radiodifusoras, conforme a diversas normas aplicables, solo que ha sido omiso. ¿Por qué? Porque sabe que un acto de esta naturaleza se convierte en censura y esta consciente que es preferible aceptar excesos en un marco de libertades, que restringirlas. Por eso su discurso mismo es un exceso, tolerable en particulares, pero imperdonable en un servidor público, más cuando se trata del primer mandatario.
Segundo, se le olvida que desde hace varios años tiene en su escritorio diversas propuestas de avanzada para proteger a los periodistas, elaboradas tanto por la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos y la Federación Latinoamericana de Periodistas. Fernando Gomez Mont siempre fue un obstáculo para avanzar pese a los encuentros sostenidos. Gomez Mont, como ahora el Presidente, prefieren señalar errores que aceptarlos y anunciar, con sentido de Estado, acciones concretas.
Ahora, es probable que el inquilino de Bucarelli haya guardado en el cajón las propuestas y que Calderón sea ajeno a ellas. Bueno, en ese caso, se las volvemos a decir: ley de seguridad social, comité de riesgo, protocolo de seguridad, clausula de conciencia, secreto profesional, reforma al procedimiento de transparencia y al concepto de reserva y confidencialidad, ley de publicidad oficial, subprocuraduría de protección a periodistas, Comisión ordinaria y no especial en cámara de diputados para dar seguimiento a agresiones a periodistas, por señalar las más relevantes.
Tercero, ¿Por qué reunirse solo con las grandes empresas e ignorar a las asociaciones de periodistas y a quienes practican diariamente la actividad? Indudablemente, porque es mas cómodo. El señor presidente entiende al periodismo como una actividad mercantil, por eso se reúne con los dueños de los medios. Y no está mal. Una solución a largo plazo camina por las empresas, pero no solamente. Tiene que comprender a los colegas y a la sociedad misma, que es la beneficiaria de un periodismo eficiente. El problema es que el mensaje es inadecuado, vertical, impositivo y, fundamentalmente por un interés político.
Ojalá me equivoque, y el dialogo del señor presidente con los directivos de medios sea el inicio de una nueva relación.
Ojalá pronto las asociaciones seamos invitados al dialogo, pero más que todo, ojalá se abran los conductos para avanzar en la agenda legislativa urgente.
Ojalá alguien le diga al señor presidente que en su sexenio matan a un periodista por mes.
Ojalá porque la resistencia a las reformas indica una ruta distinta. Es más, es grave pero hay que señalarlo: sus acciones indican otra cosa, para muestra un botón: la iniciativa para regular replica otorgando a secretaría de gobernación la potestad de sancionar a medios es un retroceso brutal: un órgano político persiguiendo medios. ¿Qué sigue: aplicar a rajatabla la cuestionada y caduca ley de imprenta como ocurrió recientemente en Guanajuato?
Ojalá el señor presidente haya comprendido. Ojalá.
miércoles, 4 de agosto de 2010
Un protocolo de seguridad para periodistas desde Chihuahua
La documentación de procedimientos es fundamental para compartir los productos teóricos y prácticos. Sin embargo no es suficiente con compartir el camino, sino que es necesario explicitar el fundamento de los conceptos que sustentan la estructura del trabajo, en busca de su máxima comprensión.
Esa fue una de las propuestas que planteamos al interior de la Comisión Técnica que elaboró el Protocolo de Seguridad para Periodistas: exponer que el documento no es coyuntural ni caprichoso: es parte de un esfuerzo colectivo de análisis que inició desde hace tiempo.
Este es el texto, que por encargo de los integrantes de la Comisión, aportamos para ser incorporado en calidad de Antecedente. Su sola lectura justifica su inclusión como parte del Protocolo. Un antecedente que permitió establecer una ruta inmediata de trabajo, con acciones específicas y trascendentes para el quehacer periodístico. Por su importancia lo transcribo integro.
“El Protocolo de Seguridad para Periodistas en Situaciones de Alto Riesgo forma parte del esfuerzo conjunto entre autoridades y periodistas.
“Su contenido fue definido en una mesa técnica de trabajo comisionada para tal efecto por ambos sectores, teniendo como origen la preocupación por la escalada de violencia.
“La mesa técnica se constituyó en sesión permanente a partir del lunes 26 de agosto, bajo el eje articulador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Los trabajos requirieron siete sesiones de análisis, sin contar dos reuniones plenarias, la primera para fijar el método y la segunda para recibir la propuesta final, el 4 de agosto.
“El método consistió en definir principios generales de protección a la actividad periodística que vinculan a periodistas, medios de comunicación, autoridad y sociedad. Posteriormente se establecieron los procedimientos mínimos que el protocolo debía contener, siendo éstos “Procedimiento de Seguridad para Periodistas en Situaciones de Alto Riesgo”, “Procedimiento Cautelar de Protección al Periodista”, y “Flujo de Información”.
“Los principios generales constituyen el compromiso mínimo que en todo momento debe asumir el Estado hacia los periodistas para proteger su actividad; en el caso de los periodistas y medios de comunicación representa el compromiso ético y las medidas elementales que debe asumir con el fin de autoprotegerse.
“El “Procedimiento de Seguridad para Periodistas en Situaciones de Alto Riesgo” está integrado por recomendaciones generales y específicas de autoprotección. Las primeras deben constituir una acción permanente de los periodistas y los medios de comunicación; las segundas, tienen aplicación únicamente, tanto en la cobertura como en la publicación de sucesos de alto impacto, que pudiesen constituir riesgo. En este apartado se consideró necesario seguir el modelo colombiano incluyendo medidas de autoprotección para los casos de “Artefacto explosivo”, “Amenaza”, “Atentado”, “Secuestro”, “Hostigamiento por parte de elementos de la fuerza pública”, ” “Protestas y desorden civil”, ya que cada uno de ellos tiene recomendaciones que solo se actualizan en cada uno.
“Base importante de la actividad periodística es el “Flujo de información” oficial, situación que ha generado quejas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Por ese motivo se consideró necesario hacer anotaciones del mínimo que la autoridad debe desarrollar en esa materia para propiciar una política de apertura en el trabajo diario del periodista.
“Finalmente, siguiendo una política internacional y local de protección a la víctima, se ha incorporado el Procedimiento “Cautelar de Protección”, donde se propone el funcionamiento de dos órganos, uno técnico y otro plural e interinstitucional, con la representación rotativa de organizaciones periodísticas. El grupo técnico, integrado por personal especializado de la Procuraduría General de Justicia y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, calificaría amenazas y autorizaría medidas cautelares necesarias para proteger al periodista, incluso sustrayéndolo del lugar de riesgo. A su vez, el Comité de Riesgo realizaría funciones de seguimiento y evaluación a las decisiones de protección.
“Sirvió como documento base fundamental el “Manual para la Protección del Periodista”, elaborado por la Fundación para la Libertad de Prensa de Colombia, especialmente su apartado de cobertura de sucesos de alto riesgo y la creación, constitución y funciones del Comité de Reglamentación y Riesgo. También ayudó el contenido de la “Guía Práctica de Reporteros” de la organización Reporteros Sin Fronteras. Asimismo se utilizaron ordenamientos internacionales como protocolos y convenciones relativas a la materia.
“Fueron fuente importante para la elaboración del contenido, el trabajo desarrollado, cada uno por su cuenta, por el Colegio de Periodistas de Chihuahua y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, así como por la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, el Foro de Periodistas de Chihuahua, el Colegio de Periodistas José Vasconcelos, y el Instituto Internacional de Periodismo y Comunicación en coordinación con las autoridades representadas en el “operativo conjunto”. Ambos aportaron por su cuenta un documento borrador que ayudo a la construcción de la propuesta final y la experiencia de eventos académicos.
“Cada uno de los conceptos contenidos en el documento fue cuestionado severamente durante el análisis en busca de adecuarlos a la realidad de Chihuahua y México, siempre bajo el espejo de la máxima protección y ampliación de la libertad de expresión, particularmente periodismo, en busca de generar equilibrios y evitar la colisión entre el interés público de la seguridad y la garantía inalienable los derechos de y a la información.
“Presentada la propuesta de protocolo, la Comisión Técnica se propone abrir un espacio de socialización para recibir observaciones al documento y llegar, en un plazo corto, a la firma de “Un Compromiso por la Libertad de Expresión”, donde participen autoridades estatales y organizaciones periodísticas. El trabajo de difusión será reforzado con un curso especializado y permanente en Periodismo de Alto Riesgo.
“Se considera necesario que la Comisión Técnica, aún firmado el documento, permanezca estudiando una serie de procedimientos que quedan pendientes de construcción. Asimismo, se considera pertinente que la Comisión Amplia de trabajo entre autoridades, organizaciones y periodistas, se reúna con cierta regularidad para revisar la situación del periodismo en Chihuahua, y de manera extraordinaria, cuando se presente algún suceso que lo amerite.
“El principio básico del Protocolo de Seguridad para Periodistas en Situaciones de Alto Riesgo es el convencimiento entre autoridades, periodistas, medios de comunicación y sociedad, de la importancia de proteger dicha actividad, pilar en el sistema democrático, sujetando la actuación de unos y otros, no solo al marco legal, sino a sólidos principios éticos.”
Esa fue una de las propuestas que planteamos al interior de la Comisión Técnica que elaboró el Protocolo de Seguridad para Periodistas: exponer que el documento no es coyuntural ni caprichoso: es parte de un esfuerzo colectivo de análisis que inició desde hace tiempo.
Este es el texto, que por encargo de los integrantes de la Comisión, aportamos para ser incorporado en calidad de Antecedente. Su sola lectura justifica su inclusión como parte del Protocolo. Un antecedente que permitió establecer una ruta inmediata de trabajo, con acciones específicas y trascendentes para el quehacer periodístico. Por su importancia lo transcribo integro.
“El Protocolo de Seguridad para Periodistas en Situaciones de Alto Riesgo forma parte del esfuerzo conjunto entre autoridades y periodistas.
“Su contenido fue definido en una mesa técnica de trabajo comisionada para tal efecto por ambos sectores, teniendo como origen la preocupación por la escalada de violencia.
“La mesa técnica se constituyó en sesión permanente a partir del lunes 26 de agosto, bajo el eje articulador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Los trabajos requirieron siete sesiones de análisis, sin contar dos reuniones plenarias, la primera para fijar el método y la segunda para recibir la propuesta final, el 4 de agosto.
“El método consistió en definir principios generales de protección a la actividad periodística que vinculan a periodistas, medios de comunicación, autoridad y sociedad. Posteriormente se establecieron los procedimientos mínimos que el protocolo debía contener, siendo éstos “Procedimiento de Seguridad para Periodistas en Situaciones de Alto Riesgo”, “Procedimiento Cautelar de Protección al Periodista”, y “Flujo de Información”.
“Los principios generales constituyen el compromiso mínimo que en todo momento debe asumir el Estado hacia los periodistas para proteger su actividad; en el caso de los periodistas y medios de comunicación representa el compromiso ético y las medidas elementales que debe asumir con el fin de autoprotegerse.
“El “Procedimiento de Seguridad para Periodistas en Situaciones de Alto Riesgo” está integrado por recomendaciones generales y específicas de autoprotección. Las primeras deben constituir una acción permanente de los periodistas y los medios de comunicación; las segundas, tienen aplicación únicamente, tanto en la cobertura como en la publicación de sucesos de alto impacto, que pudiesen constituir riesgo. En este apartado se consideró necesario seguir el modelo colombiano incluyendo medidas de autoprotección para los casos de “Artefacto explosivo”, “Amenaza”, “Atentado”, “Secuestro”, “Hostigamiento por parte de elementos de la fuerza pública”, ” “Protestas y desorden civil”, ya que cada uno de ellos tiene recomendaciones que solo se actualizan en cada uno.
“Base importante de la actividad periodística es el “Flujo de información” oficial, situación que ha generado quejas ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Por ese motivo se consideró necesario hacer anotaciones del mínimo que la autoridad debe desarrollar en esa materia para propiciar una política de apertura en el trabajo diario del periodista.
“Finalmente, siguiendo una política internacional y local de protección a la víctima, se ha incorporado el Procedimiento “Cautelar de Protección”, donde se propone el funcionamiento de dos órganos, uno técnico y otro plural e interinstitucional, con la representación rotativa de organizaciones periodísticas. El grupo técnico, integrado por personal especializado de la Procuraduría General de Justicia y la Comisión Estatal de Derechos Humanos, calificaría amenazas y autorizaría medidas cautelares necesarias para proteger al periodista, incluso sustrayéndolo del lugar de riesgo. A su vez, el Comité de Riesgo realizaría funciones de seguimiento y evaluación a las decisiones de protección.
“Sirvió como documento base fundamental el “Manual para la Protección del Periodista”, elaborado por la Fundación para la Libertad de Prensa de Colombia, especialmente su apartado de cobertura de sucesos de alto riesgo y la creación, constitución y funciones del Comité de Reglamentación y Riesgo. También ayudó el contenido de la “Guía Práctica de Reporteros” de la organización Reporteros Sin Fronteras. Asimismo se utilizaron ordenamientos internacionales como protocolos y convenciones relativas a la materia.
“Fueron fuente importante para la elaboración del contenido, el trabajo desarrollado, cada uno por su cuenta, por el Colegio de Periodistas de Chihuahua y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, así como por la Federación de Asociaciones de Periodistas Mexicanos, el Foro de Periodistas de Chihuahua, el Colegio de Periodistas José Vasconcelos, y el Instituto Internacional de Periodismo y Comunicación en coordinación con las autoridades representadas en el “operativo conjunto”. Ambos aportaron por su cuenta un documento borrador que ayudo a la construcción de la propuesta final y la experiencia de eventos académicos.
“Cada uno de los conceptos contenidos en el documento fue cuestionado severamente durante el análisis en busca de adecuarlos a la realidad de Chihuahua y México, siempre bajo el espejo de la máxima protección y ampliación de la libertad de expresión, particularmente periodismo, en busca de generar equilibrios y evitar la colisión entre el interés público de la seguridad y la garantía inalienable los derechos de y a la información.
“Presentada la propuesta de protocolo, la Comisión Técnica se propone abrir un espacio de socialización para recibir observaciones al documento y llegar, en un plazo corto, a la firma de “Un Compromiso por la Libertad de Expresión”, donde participen autoridades estatales y organizaciones periodísticas. El trabajo de difusión será reforzado con un curso especializado y permanente en Periodismo de Alto Riesgo.
“Se considera necesario que la Comisión Técnica, aún firmado el documento, permanezca estudiando una serie de procedimientos que quedan pendientes de construcción. Asimismo, se considera pertinente que la Comisión Amplia de trabajo entre autoridades, organizaciones y periodistas, se reúna con cierta regularidad para revisar la situación del periodismo en Chihuahua, y de manera extraordinaria, cuando se presente algún suceso que lo amerite.
“El principio básico del Protocolo de Seguridad para Periodistas en Situaciones de Alto Riesgo es el convencimiento entre autoridades, periodistas, medios de comunicación y sociedad, de la importancia de proteger dicha actividad, pilar en el sistema democrático, sujetando la actuación de unos y otros, no solo al marco legal, sino a sólidos principios éticos.”
martes, 3 de agosto de 2010
Aliados del gobierno
¿Son los medios aliados del gobierno en turno en el combate al crimen organizado?
O mejor dicho: ¿deben los periodistas tomar partido en la lucha que despliega un gobierno en contra de una actividad ilegal?
Esta es, en el fondo, la cuestión ética que planteó el secretario de seguridad pública el pasado sábado en la conferencia de prensa, donde presentó a dos de los colegas plagiados en la laguna la semana pasada.
Es una pregunta interesante ya que cuestiona el papel que juegan los periodistas en la sociedad.
En torno a la actividad profesional se ha construido un andamiaje ético, donde destacan dos principios, el de imparcialidad e independencia.
El primero tiene que ver con el contenido de la información, que en todo momento debe ser equilibrado: nunca todo blanco, nunca todo negro: de esta manera, al contrastarse los datos desde diversas técnicas, entre ellas la comparación, el lector puede formarse un criterio.
Cuando se pierde la imparcialidad, se presentan textos con una sola visión de las cosas, se imponen criterios y se deja al lector indefenso.
La independencia implica que el periodismo se ejerce sin sujeción a un grupo de poder público o factico. El periodismo se desenvuelve libre sin ataduras, presentando los hechos, discutiéndolos, lejos, muy lejos, de convertirse, en virtud de la dependencia, en un simple órgano difusor del interés de un grupo especifico.
Es cierto: por lo regular los medios de comunicación y los periodistas defienden una postura ideológica, y de esa manera se colocan hasta cierto punto cerca de alguna posición política. Esta pluralidad enriquece la discusión, fortalece la opinión pública y forma debate periodístico.
Sin embargo el periodista sabe que su producto, la información, puede aproximarse a una posición de censura o aplauso, pero debe contener un halo de imparcialidad, de otra manera, el lector, que es sabio, lo detectará y –salvo que se trate de un sujeto político en ciernes- abandonará su lectura y buscará fuentes de información que al menos contrasten y presenten los diversos puntos de vista.
Por ese, motivo, pensar en los medios como un aliado del gobierno en el combate al crimen es incorrecto. Un aliado tolera excesos y errores. No es el papel del periodista hacer eso con la administración pública, porque abandona su rol imparcial e independiente, pero además crítico.
Genaro García Luna pudo plantear las cosas distintas y tal vez podríamos estar de acuerdo: el periodista es un aliado del Estado, porque solo en ese orden social puede sobrevivir; es un aliado de la democracia, porque vive de la discusión de los asuntos públicos; es un aliado de la sociedad, porque una de sus funciones fundamentales es constituirse en un controlador de los excesos del poder público, entre ellos la corrupción y la impunidad, campo fértil para el crecimiento de las conductas antisociales, que en su fase más perfeccionada, se convierten en crimen organizado.
El crimen organizado no es democrático porque sus estructuras no son electas por consenso y sus decisiones se imponen en forma vertical; vulnera los principios de organización social al aprovecharse y potenciar fenómenos como la corrupción; poco le interesan la discusión de los asuntos públicos y la formación de opinión pública crítica; no construye Estado, instituciones; sus leyes están escritas con sangre; solo busca el lucro.
Siendo un aliado del Estado y de la sociedad, el periodismo no es ni puede ser un aliado del crimen organizado.
O mejor dicho: ¿deben los periodistas tomar partido en la lucha que despliega un gobierno en contra de una actividad ilegal?
Esta es, en el fondo, la cuestión ética que planteó el secretario de seguridad pública el pasado sábado en la conferencia de prensa, donde presentó a dos de los colegas plagiados en la laguna la semana pasada.
Es una pregunta interesante ya que cuestiona el papel que juegan los periodistas en la sociedad.
En torno a la actividad profesional se ha construido un andamiaje ético, donde destacan dos principios, el de imparcialidad e independencia.
El primero tiene que ver con el contenido de la información, que en todo momento debe ser equilibrado: nunca todo blanco, nunca todo negro: de esta manera, al contrastarse los datos desde diversas técnicas, entre ellas la comparación, el lector puede formarse un criterio.
Cuando se pierde la imparcialidad, se presentan textos con una sola visión de las cosas, se imponen criterios y se deja al lector indefenso.
La independencia implica que el periodismo se ejerce sin sujeción a un grupo de poder público o factico. El periodismo se desenvuelve libre sin ataduras, presentando los hechos, discutiéndolos, lejos, muy lejos, de convertirse, en virtud de la dependencia, en un simple órgano difusor del interés de un grupo especifico.
Es cierto: por lo regular los medios de comunicación y los periodistas defienden una postura ideológica, y de esa manera se colocan hasta cierto punto cerca de alguna posición política. Esta pluralidad enriquece la discusión, fortalece la opinión pública y forma debate periodístico.
Sin embargo el periodista sabe que su producto, la información, puede aproximarse a una posición de censura o aplauso, pero debe contener un halo de imparcialidad, de otra manera, el lector, que es sabio, lo detectará y –salvo que se trate de un sujeto político en ciernes- abandonará su lectura y buscará fuentes de información que al menos contrasten y presenten los diversos puntos de vista.
Por ese, motivo, pensar en los medios como un aliado del gobierno en el combate al crimen es incorrecto. Un aliado tolera excesos y errores. No es el papel del periodista hacer eso con la administración pública, porque abandona su rol imparcial e independiente, pero además crítico.
Genaro García Luna pudo plantear las cosas distintas y tal vez podríamos estar de acuerdo: el periodista es un aliado del Estado, porque solo en ese orden social puede sobrevivir; es un aliado de la democracia, porque vive de la discusión de los asuntos públicos; es un aliado de la sociedad, porque una de sus funciones fundamentales es constituirse en un controlador de los excesos del poder público, entre ellos la corrupción y la impunidad, campo fértil para el crecimiento de las conductas antisociales, que en su fase más perfeccionada, se convierten en crimen organizado.
El crimen organizado no es democrático porque sus estructuras no son electas por consenso y sus decisiones se imponen en forma vertical; vulnera los principios de organización social al aprovecharse y potenciar fenómenos como la corrupción; poco le interesan la discusión de los asuntos públicos y la formación de opinión pública crítica; no construye Estado, instituciones; sus leyes están escritas con sangre; solo busca el lucro.
Siendo un aliado del Estado y de la sociedad, el periodismo no es ni puede ser un aliado del crimen organizado.
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