La libertad de expresión es tutelada no solo por el derecho interno, sino por declaraciones y convenciones internacionales. Sin embargo, a estos ordenamientos no les es ajeno el tema de las restricciones a estas libertades, con el objeto de salvaguardar derechos que pudieran ser lastimados por un ejercicio abusivo de la libertad de prensa y expresión.
La declaración Chapultepec, auspiciada por la Sociedad Interamericana de Prensa en 1994 -de gran reconocimiento a nivel internacional-, es un referente obligado en el tema. Su artículo noveno establece limitaciones a la libertad de prensa y expresión, ubicándolos en el ámbito ético.
Dice el mencionado artículo que "la credibilidad de la prensa esta ligada al compromiso con la verdad, a la búsqueda de precisión, imparcialidad y equidad, y a la clara diferenciación entre los mensajes periodísticos y los comerciales. El logro de estos fines y la observancia de los valores éticos y profesionales no deben ser impuestos. Son responsabilidad exclusiva de periodistas y medios. En una sociedad libre, la opinión pública premia o castiga".
Primero que nada, establece como premisa fundamental la credibilidad. Que los medios de comunicación sean creíbles. Que las personas crean en ellos. Una prensa sin credibilidad esta condenada al fracaso y a la desaparición, siempre y cuando dependa exclusivamente de la circulación y la publicidad auténticas, y no financiadas por grupos de poder. Es decir, que circula porque los lectores adquieren los ejemplares y por ello, el sector comercial y público lo utiliza mercadologicamente.
Para que esa credibilidad exista, se consideran indispensables cinco elementos: que haya un compromiso con la verdad, precisión, imparcialidad y equidad, y clara distinción entre información y publicidad. Elementos que implican un grave reto, particularmente el primero, porque subyace en un principio filosófico sujeto a múltiples vaivenes en una época de relativismo que pretende acabar con los principios o verdades absolutas, como por ejemplo, el respeto a la vida, que es y ha sido atacado desde muy diversos frentes, hasta hacerlo nugatorio. En este sentido, la declaración de Chapultepec hace énfasis en principios universales derivados de un derecho natural, para soportar la libre expresión ajena de cualquier autorización oficial o leyes restrictivas.
Fuera de este principio básico y elemental, de proteger la verdad, el resto se convierten en procedimientos técnicos, apego a los hechos, búsqueda de información para confrontar dando oportunidad de réplica, igualdad de condiciones informativas, dar voz a quienes no tienen voz, entre muchas otras prácticas periodísticas y de opinión. Implica un compromiso del periodista de ofrecer a sus lectores un periodismo que despierte el pensamiento crítico, distante de una posición simplemente propagandista de una forma de pensar.
La división de la información de los comerciales implica que todos los anuncios o publicidad pagada se distinga de la información u opinión personal del periodista. Pero significa también apego al género periodístico. Si es informativo, evitar opiniones personales. Si es articulo o editorial, hacer uso de la opinión personal. En los noticiarios, proporcionar información y evitar los info-merciales. O bien, distinguirlos con claridad, para que el televidente o radioescucha conozca que se encuentra frente a una información pagada. Es correcto que los medios de comunicación financien su funcionamiento con recursos del sector privado y público. Lo que es incorrecto es que lo hagan de manera subrepticia, engañando al lector.
Ahora bien, la sanción por incumplir con estos principios se ubica en el apartado ético de los periodistas y no en una autoridad pública o privada. No es el gobierno quien debe censurar el hecho de que los medios de comunicación se alejen de la verdad, precisión, imparcialidad, equidad y honestidad en el manejo de la información. Esta es una de las grandes aportaciones de la declaración Chapultepec al concierto internacional, que ya ha sido tomado en cuenta en resoluciones de la Comisión y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que sí admite esta posibilidad de intromisión a través de leyes.
Por tal motivo, existe en los periodistas y comunicadores, una gran responsabilidad al practicar periodismo, ganando todos los días la credibilidad de sus lectores, a través de información lo mas próxima a la verdad, con ingredientes equitativos, imparciales y precisos.
Un último elemento en el artículo noveno de la declaración Chapultepec: la intervención del mercado de lectores. En una sociedad libre, son ellos, los recipiendarios del trabajo periodístico, quienes premian o castigan a los medios de comunicación, aún y cuando ello implique una serie de excesos en el ejercicio del libre derecho de prensa y expresión, abuso de derecho preferible a la censura previa o posterior de contenidos desde una visión oficial.
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